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Allá vamos con el Senado

POR: VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS   

En segunda legislatura, tal cual lo dispone nuestra Constitución se aprobó el retorno de la segunda Cámara, el Senado; y no hay instancia alguna que pueda acudir a revisar u observar esta decisión de un Parlamento que si bien deslegitimado frente a la ciudadanía, pero habilitado normativamente, y es la grave dicotomía en la que estamos inmersos, que vislumbra una grave amenaza autoritaria. El Congreso, elegido por voto popular, hace buen tiempo atrás que se desmarco de los intereses ciudadanos, ajeno en sus decisiones al resguardo de la institucionalidad, copando, manipulando los órganos constitucionales, concentrando la toma de decisiones, con la complacencia del Ejecutivo, permitiendo la provocadora auto calificación de “primer poder”.

Nuestra Constitución tiene algo más de dos centenas de artículos, y esta reforma implica modificar cincuenta y tres e incorpora dos nuevos articulados; si bien desde su puesta en vigencia se realizaron veintinueve modificaciones, y aún hay materias en proceso en la Comisión de Constitución, que avizoran más reformas; Pedro Castillo instalado en el Gobierno, impulsó en la agenda pública una Asamblea Constituyente, la que fue contrarrestada hábilmente por la oposición parlamentaria, con la anuencia de partidos políticos, medios de comunicación, grupos económicos y un importante sector ciudadano, el argumento en aquel entonces era la amenaza comunista, la concentración de poder, los afanes populistas, el direccionamiento del debate constitucional, y especialmente nuestra estabilidad económica y política.

El actual parlamento, recurre al argumento de mejorar nuestra institucionalidad democrática, irónicamente la que viene destruyendo día tras día, en el entendido de que no tenemos una idónea representación, una cámara revisora evitará la ligereza de las decisiones y mejorará la calidad de las leyes, se realizará una labor especializada, una cámara política y otra reflexiva, tendrá mayor eficacia el control político y la fiscalización.

No pasemos por alto el interés subalterno de los actuales congresistas por la Bicameralidad, cual es poder reelegirse; si fuera sometida a consulta ciudadana vía referéndum, esa sola disposición implicaría un rechazo unánime.

Compartiendo la opinión del profesor Luciano López “sin reforma política, no se retorna a la bicameralidad se duplica la mediocridad”, nos corresponde una oportuna interrogante: esta reforma constitucional fortalece nuestra democracia o alienta el statu quo. Habiéndose modificado nuestra leyes electorales con claras perspectivas de mantener la verticalidad y caciquismo al interior de los partidos políticos, renunciando a la obligatoriedad de la elecciones internas, lo único seguro es que en la oferta electoral se propondrá más de lo mismo, es decir si bien mayor número de representantes, con mayores espacios para las deliberaciones, pero no recogen las reformas mecanismo alguno que pueda garantizar una mayor idoneidad en nuestros futuros representantes. Más aún, en esta última década se han puesto en evidencia cláusulas constitucionales indeterminadas o insuficientes, pensadas para una más solvente cultura política, que han permitido su instrumentalización, quebrantando el principio de equilibrio de poderes, sojuzgando un poder del Estado sobre otro, que nos alimentaron de una permanente inestabilidad e ingobernabilidad, allí la figura de la incapacidad moral permanente, la cuestión de confianza, las acusaciones constitucionales, de lo que se prefiere pasar por alto, porque la angurria política sólo vela por sus mezquinos intereses.

Pero qué nos trae esta reforma constitucional, de la que la ciudadanía debe estar perfectamente informada, lo que no se advirtió en el seno parlamentario, pues para las elecciones generales del 2026 elegiremos 60 Senadores y 130 Diputados:

-Más allá del incremento del número de Congresistas, se mantiene la forma de elección de los Diputados, pero en el caso de los Senadores se establece que se elegirá “a un representante por cada circunscripción electoral, mientras que los restantes son elegidos por distrito único electoral nacional”, lo que garantiza por lo menos un representante por cada una de nuestras 27 circunscripciones electorales, incluyendo la de peruanos residentes en el extranjero y los restantes 33 serán elegidos por las circunscripciones que tengan una mayor densidad electoral, lo que implica volver al centralismo, dando por descontado una gruesa representación limeña.

Se señala como requisito diferenciador de los diputados, exigiendo a Senadores “haber cumplido cuarenta y cinco años al momento de la postulación” se agrega “o haber sido congresista o diputado”, lo que evidencia una norma con nombre propio para facilitar la reelección de actuales congresistas, y para reforzarlo se deroga de manera expresa el artículo 90-A que prohibía la reelección inmediata, la misma que fue aprobada en referéndum.

-En la función nominadora, destaca la función especializada entregada de manera exclusiva al Senado, cual es la elección de los altos funcionarios: ratifica la designación del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; la designación del Contralor General a propuesta del Poder Ejecutivo; la ratificación del presidente del BCR y a su vez, elección a tres de sus Directores; elige y remueve al Defensor del Pueblo; asimismo, con una mayoría de dos tercios elige a los magistrados del Tribunal Constitucional. Si bien, los miembros de la Junta Nacional de Justicia, son elegidos por una Comisión Especial que preside el Defensor del Pueblo, estos pueden ser removidos por causa grave por el Senado.

-El control político corresponde a la Cámara de Diputados, ante quien deberá concurrir el nuevo presidente del Consejo de Ministros para exponer la política general de gobierno sin opción de plantear cuestión de confianza; se presentan y aprueban las mociones de interpelación y censura, como puede rechazar la cuestión de confianza, que se plantea por iniciativa ministerial; asimismo, puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público. Y es esta cámara quien formula acusación constitucional ante el Senado, por infracción a la Constitución y por los delitos que cometan en el ejercicio de la función a los altos funcionarios.

Un tema nada irrelevante, y muy sensible ante la opinión pública es que el incremento de congresistas acarreara mayores gastos presupuestales y tiene coherencia, acentuada en las múltiples denuncias que se formulan por oscuros manejos de los recursos públicos ya sea de manera individual o corporativa, que de manera persistente se encuentran en las denuncias públicas aunado a la percepción de improductividad y desapego a los intereses ciudadanos, se pretende corregir con el establecimiento de que el gasto legislativo “se financia con cargo al presupuesto institucional del Congreso de la República, sin que sobrepase el 0.6 % del Presupuesto General del República”; pues lo cierto es que finalmente quien aprueba el presupuesto es el Congreso, y quien aprueba las modificaciones presupuestales, también  es el Congreso.

Claro que estamos de acuerdo con mejorar nuestra representación y democracia, y el Senado puede acudir a ello; el reparo es que en nuestra dirigencia política no encontramos un auténtico compromiso y disposición. De un reciente debate en el Senado argentino, cogemos esta cita, oportuna para nuestra coyuntura: “En democracia, las formas son el fondo”.

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