Los golpes de Estado en el Perú

Por: Edgard Norberto «Beto» Lajo Paredes    

El Diccionario de la Lengua Española-Real Academia Española, define el golpe de Estado: “Actuación violenta y rápida, generalmente por fuerzas militares o rebeldes, por la que un grupo determinado se apodera o intenta apoderarse de los resortes del gobierno de un Estado, desplazando a las autoridades existentes”. (vigésima segunda edición, tomo 10, p. 775).

DEFINICIÓN AREQUIPEÑA

Enrique Chirinos Soto, en una conferencia dictada ¿Qué es el golpe de Estado? en el Ilustre Colegio de Abogados de Arequipa, propone “interinamente” la siguiente definición: “golpe de estado es una alteración con violencia del orden legal pre-establecido, la cual conlleva, el propósito de imponer una nueva legalidad, y que ocurre en el interior del Estado”, agrega: “El fenómeno del golpe de estado necesita un cierto concurso de opinión pública. Cuando no la tiene, fracasa en su raíz. Tiene que haber una deserción de, por lo menos, una parte de la opinión pública respecto de la legalidad establecida” (La Nueva Constitución al alcance de todos, cuarta edición actualizada, Enrique Chirinos Soto, p. 486), completa la definición: “el golpe de estado exige una conjura y una conspiración no hay golpe de estado sin conspiración, y ésa es una de las notas que falta añadir a la definición que inicialmente propuse” (p. 499 y 500).

GOLPES DE ESTADO DEL SIGLO XIX

Fueron de caudillos militares y montoneras. El primer presidente peruano José Mariano de la Riva Agüero y Sánchez Boquete, fue impuesto por presión del Ejército en el motín de Balconcillo; a lo que se sometió pusilánimemente el primer congreso nacional (1822).

GOLPES DE ESTADO DEL SIGLO XX

Todos los golpes de estado desde 1931, fueron contra el APRA, soliviantados y financiados por la nefasta oligarquía de los barones del azúcar y algodón, serviles aliados del imperialismo; a excepción del golpe de 1968, perpetrado por el reformismo velasquista; continuado con el autogolpe fujimorista, aplicando el neoliberalismo totalitario, a favor de la neoligarquía monopólica lobbysta y mediática (monopolios: combustible, medicinas, bancos y grandes medios de comunicación limeños).

Los hechos probatorios del antiaprismo oligárquico, son: fraude electoral (1931), cuyos historiadores académicos e independientes, no lo han investigado; Ley N° 7479, Ley de Emergencia, para perseguir, encarcelar, deportar a los apristas (enero 1932); desaforo brutal del Congreso, de los apristas parlamentarios (febrero 1932); represión genocida de la Revolución Popular de Trujillo (julio 1932) del Ejército, Marina y Aviación; prohibición “constitucional” (art. 53 Const. 1933) de ocupar cargos públicos en contra de los apristas; Ley N° 7780, refuerza el art. 53 (agosto 1933); nulidad de elecciones (1936 y 1962); no inscripción de candidatos apristas (1940); derecho a elegir, pero no a ser elegidos (1945 y 1956); Decreto Supremo N° 28, declara fuera de la ley al APRA (octubre 1948); golpes de Estado (1948 y 1968), cargamontón electoral antiaprista (1963); autogolpe neoliberal y antialanista (1992). Los golpistas del 05 de abril de 1992, fueron condenados, es la primera vez que se denuncia, procesa y juzga a los perpetradores de un Golpe de Estado, lo cual es histórico.

La aceptación del APRA, se da tardíamente, por la derecha y FFAA, en las Elecciones a la Asamblea Constituyente (1978), triunfó el APRA con Haya de la Torre; y, en las Elecciones Generales (1985 y 2006), ganó el APRA con Alan García.

GOLPES DE ESTADO DEL SIGLO XXI

En el presente siglo XXI, se han producido dos golpes de Estado que debilitaron la democracia, pero, no la suprimieron: disolución del Congreso de la República (2019) por Martín Vizcarra por “denegación fáctica” de la cuestión de confianza; la cual ha sido considerada “contraria a la Constitución” por el Tribunal Constitucional.

En este contexto político antiaprista, la tenebrosa alianza: Vizcarra, Fiscalía, Juzgado e IDL, cercan a Alan García (2019), provocando el suicidio del dos veces presidente, por mandato popular.

El frustrado golpe de Estado de Pedro Castillo; en respuesta, el Congreso de la República, aprobó la vacancia inmediata del usurpador (2022), sentándose trascendental precedente; sobrevivió la democracia, pero, con repudio ciudadano a la sucesora constitucional; ello, afecta la gobernabilidad.

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