Terminales terrestres que no respeten el aforo establecido serán multados con S/ 2 200 y la suspensión precautoria del servicio

La SUTRAN recuerda a los operadores de los terminales terrestres que deben asegurar el distanciamiento social entre los usuarios.

Ante la gran afluencia de público registrada en los diferentes terminales del país, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) exhorta a los operadores de estas infraestructuras, a tomar las medidas necesarias que contribuyan a mantener el aforo establecido dentro de sus instalaciones, a efectos de evitar la propagación del COVID-19.

El ente fiscalizador comunica que el Decreto Supremo N° 016-2020-MTC, publicado el 30 de julio del 2020, estableció una serie de infracciones y sanciones por el incumplimiento de los lineamientos sectoriales para la prevención del coronavirus en la prestación del servicio de transporte terrestre.

Asimismo, para el caso específico de los operadores de terminales, se dispuso una multa de S/ 2 200 y la suspensión precautoria del servicio, cuando se detecte que la infraestructura no cumpla con las medidas de limpieza y/o desinfección, así como el respeto del aforo.

Además de ello, los operadores deben asegurar la distancia social mínima reglamentaria entre los usuarios y cumplir con otras medidas de bioseguridad como el control de la temperatura, limpieza y desinfección constante de las superficies de mayor contacto y la instalación de lavaderos con jabón líquido y alcohol en gel. La omisión de estas medidas puede generar una multa de S/ 220.

Finalmente, el operador del terminal que no cumpla con entregar mascarillas al personal que labora en sus instalaciones podría recibir una multa de S/ 440.

FISCALIZACIÓN A NIVEL NACIONAL

En esa línea y con el objetivo de preservar la vida y salud de las personas, la SUTRAN viene fiscalizando de manera continua y permanente a las diferentes empresas de transporte terrestre que operan a nivel nacional, a fin de verificar el cumplimiento de los lineamientos de prevención contra el coronavirus, establecidos en la Resolución Ministerial N° 386-2020-MTC.

En los operativos simultáneos realizados en todo el país, los inspectores de la SUTRAN vienen controlando que los buses cumplan con las siguientes medidas: respeto del aforo establecido, que cuenten con cortinas divisorias entre los asientos, el uso de mascarillas y protectores faciales por parte de la tripulación y el control de la temperatura corporal.

Asimismo, se verifica que los usuarios cumplan con el uso obligatorio de la mascarilla y protector facial, así como, la presentación de su declaración jurada de salud. De igual manera, se revisan las condiciones técnicas de cada vehículo y los documentos necesarios que debe portar el conductor del bus antes de su recorrido.

La SUTRAN exhorta a los usuarios que realicen viajes al interior del país, respeten las medidas de bioseguridad, a fin de evitar situaciones de riesgo que puedan afectar su estado de salud.

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