21.3 C
Moquegua
16.4 C
Ilo
13.9 C
Omate
16.7 C
Arequipa
15.7 C
Mollendo
14 octubre, 2024 5:44 am

Establecimientos comerciales que incumplan norma serán multadas con 4,300 soles

Si se sorprende que están atendiendo en el interior de los restaurantes, lamentablemente se impondrá la multa de 1 UIT, de acuerdo a lo que dispone la norma.

El Sr. Javier Zanabria, encargado de la oficina de Vigilancia Sanitaria de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto (MPMN), dio a conocer que ante las nuevas disposiciones emitidas en el Decreto de Urgencia Nro. 008-2021-PCM dada la segunda ola por la pandemia, se envió una carta dirigida a los mercados, supermercados, entre otros locales que reúnen gente, haciendo de conocimiento que el aforo es del 50% a partir del 31 de enero.

Dijo que los restaurantes pueden brindar el servicio delivery y no atención en el local. De incumplir la norma, se procederá con la aplicación de la respectiva sanción por desacato a la autoridad, monto que asciende a 1 UIT, que asciende a 4,300 soles.

“Ellos tienen que hacer caso y no provocar a la autoridad quien dispone las medidas. Si están atendiendo en el interior de sus puestos, lamentablemente se impondrá la multa, de acuerdo a lo que dice la norma”, aseveró.

Ante la pandemia que está avanzando y ya no hay camas UCI, Zanabria, recomendó a la población acatar la cuarentena, quedarse en casa, sobre todo no salir en familia a pasear, guardar el distanciamiento social, lavarse las manos con agua y jabón, desinfectarse con alcohol y evitar aglomeración, sobre todo en los mercados.

Análisis & Opinión