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Peruanos que ganen menos de S/2,100 al mes no pagarán Impuesto a la Renta el 2019

Esto se debe al aumento del valor de la UIT de S/4,150 a S/4,200 que decretó el Ministerio de Economía y Finanzas.

Los trabajadores peruanos que estén en planilla y los que emitan recibos por honorarios pagarán menos Impuesto a la Renta (IR) luego de que el Ministerio de Economía y Finanzas elevara en S/50 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el 2019 a S/4,200.

NO TRIBUTARÁN

Así, con este nuevo valor, los peruanos que ganen menos de S/2,100 al mes o el equivalente a S/29,400 al año no tendrán que pagar ni un sol de Impuesto a la Renta el próximo año. De acuerdo con el Código Tributario peruano, están inafectos de pago de IR todos los ingresos anuales que sean menores a 7 UIT.

Asimismo, luego de que el 2017 el gobierno aprobara que los trabajadores formales con rentas de cuarta y quinta categorías (trabajadores independientes y en planilla), pueden deducir hasta 3 UIT adicionales, a partir del 2018, el próximo año también podrán descontar adicionalmente S/12,600 en diversos gastos y servicios, siempre que se sustenten a través de recibos electrónicos.

MYPES Y MULTAS

El aumento del valor de la UIT también eleva el umbral para ser catalogado como una Mype. Si bien se mantiene el tope de facturación de 1,700 UIT, la valla de ventas subirá a 7 millones 140 mil soles.

La medida sí tendrá un impacto negativo para los contribuyentes a quienes se les haya impuesto multas que se calculan en función a la UIT. Por ejemplo, la falta de presentar la declaración jurada fuera del plazo ocasiona que el contribuyente tenga que pagar 1 UIT, en el caso de las empresas del Régimen General y de 1/2 UIT para las personas sin negocios.

GASTOS A DESCONTAR

  1. Podrás descontar el 30% del arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
  2. Podrás descontar el 100% de las aportaciones a Essalud que realices por trabajadores (as) del hogar.
  3. Asimismo podrás deducir el 15% de tus gastos realizados en bares, cantinas, hoteles, hostales y restaurantes (incluido delivery). No será necesario que los pagos sean bancarizados. El Gobierno eliminó el requisito de bancarización (que el pago sea usando una tarjeta, ya sea de débito o crédito) siempre que aquellas transacciones sean por importes menores a S/ 3,500 o US$ 1 000.
  4. Podrás descontar el 30% de los gastos por tus servicios médicos y odontológicos.
  5. También se podrán descontar los gastos profesionales de médicos y odontólogos para hijos mayores de 18 años con alguna discapacidad que estén inscritos en el Conadis.
  6. Inicialmente podías descontar el 30% de 13 servicios profesionales u oficios. Sin embargo, el Gobierno amplió esa lista y ahora todos las profesiones u oficios podrán ser deducibles.

TRAMOS DEL IR

El cálculo del Impuesto a la Renta se realiza por tramos. Por las primeras 7 UIT (S/29,400) no se deduce IR, por el tramo entre las 7 UIT y las 12 UIT (S/50,400) se paga 8%; por el tramo entre las 12 UIT y las 27 UIT (S/113,400) se descuenta 14%; por el tramo entre las 27 UIT y las 42 UIT (S/176,400) se paga 17%; entre las 42 UIT y las 52 UIT (S/218,400) se cobra 20% y por todos los ingresos por encima de las 52 UIT se cobra 30% (S/218,400).

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