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Organizando el Estado en 1821: El reglamento provisional de Huaura

Por: Miguel Arturo Seminario Ojeda (Director del Museo Electoral y de la Democracia del Jurado Nacional de Elecciones)   

No se había proclamado la independencia del Perú el 28 de julio de 1821, cuando ya el general San Martín, con su visión de estadista, pensó en la organización del renaciente Estado peruano, dando el Estatuto Provisional, el 12 de febrero de 1821, firmado en Huaura, donde se encontraba instalado.

Son varios los instrumentos de carácter provisional que emanaron del general San Martín, como se puede examinar, siguiendo el itinerario de su llegada y permanencia en el Perú. Solo había proclamaciones regionales, cuando el 12 de enero de 1821, el general José de San Martín expidió el Reglamento Provisional de Huaura, cuyo análisis nos acerca a la realidad de un país que entraría en el consenso de las naciones libres, y como tal debería organizarse por sí mismo.

Si leemos el encabezado del Reglamento Provisional, advertiremos la actitud de respeto por la nación peruana emanada del general San Martín, señalando “Que establece la demarcación del territorio que actualmente ocupa el Ejército Libertador del Perú, y la forma de administración que debe regir hasta que se construya una autoridad central por la voluntad de los pueblos libres”. Es decir, no se imponía por largo tiempo al Perú, sino que sería la nación peruana, la que, a través de sus representantes, daría la forma definitiva de su demarcación.

El general San Martín era consciente del papel que desempeñaba, por eso anota, “Encargado de restituir a esta vasta parte del Continente Americano su existencia y sus derechos, es un deber mío consultar sin restricción todos los medios capaces de contribuir a aquella grande obra”. Sabía que, de la intervención de su ejército, y de la actitud de los patriotas peruanos dependía la independencia, y la forma de organizarse sería un trabajo en conjunto, no individual, el proponía lo más conveniente.

Las reflexiones del Libertador son movidas por la realidad, sabía de las consecuencias de la guerra, sobre todo en esta que venían librándose en el continente en el que nació, por eso escribió: “Los sucesos más brillantes de la guerra, y las empresas más gloriosas del genio de los hombres, no harían más que excitar en los pueblos un sentimiento de admiración mezclado de zozobra, si no entreviesen por término de todas ellas la mejora de sus instituciones y la indemnización de sus actuales sacrificios”.

Había que procurar hacer lo más sensato, sin apresuramientos, pero tampoco dejar de lado las lecciones aprendidas, para poder programar un futuro mejor. “Entre el escollo de una reforma prematura, y el peligro de dejar intactos los abusos, hay un medio, cuya amplitud señalan las circunstancias del momento, y la gran ley de la necesidad. Cualesquiera que sean las dificultades que se presenten al adoptarlo, es preciso tener un grado de coraje superior a ellas, y hacer el bien con firmeza y con generosidad, para iniciar la importante obra que el tiempo consolidará más adelante”.

Si bien se acababa el régimen hispano, no podía dejarse todo expuesto a un vacío de poder, a un mundo sin autoridades, que se requerían dadas las circunstancias por las que se atravesaba, por eso dispuso el nuevo orden de autoridades. Se dispuso la división del Perú libre en 4 departamentos, con un presidente a la cabeza, con gobernadores en las provincias, y tenientes gobernadores en las zonas urbanas menores, y en las rurales.

En cada departamento habría un agente fiscal; se organizó un sistema de justicia para atender a lo contencioso y criminal, también se dispuso que se darían fuertes sanciones a quienes resultaren implicados en causas de infidencia, traición, espionaje, o atentando contra el orden, y contra las autoridades constituidas. Se dispuso también, entre otros aspectos, el juicio de residencia, que se seguiría a los funcionarios de gobierno, tras el cumplimiento de su período en cargos estatales.

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