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Mejía: JNE declara infundada queja del regidor Yana en contra de la alcaldesa Rivera

Tras los alegatos de ambas partes, el JNE sostiene en el Auto Nº 2 que estos las notificaciones sí son válidas.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE), resolvió declarar infundada la queja presentada por Víctor Hernán Yana Huarca, regidor del Concejo Distrital de Mejía, en contra de Sandra María Rivera Cáceres, alcaldesa de la referida entidad edil, por defecto de trámite.

CASO VACANCIA DEL REGIDOR YANA

Todo esto se da en el marco del procedimiento de vacancia seguido en contra del citado regidor, por las causales de cambio de domicilio y restricciones de contratación, según la Ley Orgánica de Municipalidades, por lo que se dispuso además el archivo definitivo del expediente N° JNE.2019010367. El Auto Nº 2 fue publicado el 11 de febrero de 2020.

CONSIDERACIONES

Las consideraciones del JNE respecto a este caso, están dadas en los antecedentes que, en el año 2019, el regidor en mención presentó su queja por que las notificaciones de la convocatoria a sesión extraordinaria de concejo municipal, para tratar la respectiva vacancia, se hicieron de forma defectuosa.

NOTIFICACIONES SÍ SON VÁLIDAS

Tras los alegatos de ambas partes, en donde el quejoso (regidor) fundamentaba que las notificaciones no se hicieron conforme a ley, y en donde la alcaldesa hizo sus descargos aduciendo que sí se realizaron las notificaciones con los requisitos legalmente; el JNE sostiene en el Auto Nº 2 que estos actos procedimentales sí son válidos cumpliendo así el objetivo de poner en conocimiento del regidor sobre la convocatoria a sesión extraordinaria de Concejo del 18 de diciembre del 2019.

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