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“Es inconstitucional” la norma que permite a Sunat tener acceso a cuentas con S/10 000 a más

Los peruanos tienen el derecho fundamental a la intimidad financiera, que tiene dos dimensiones: el secreto bancario y reserva tributaria, dijo Enrique Ghersi.

El abogado Enrique Ghersi indicó que el Decreto Supremo 430-2020-EF que establece que Sunat tenga acceso a cuantas de ciudadanos con S/10,000 a más es inconstitucional. En conversación con RPP Noticias, dijo que los peruanos tienen el derecho fundamental a la intimidad financiera, que tiene dos dimensiones: el secreto bancario y reserva tributaria.

“No puede haber una norma que de manera indiscriminada que diga que los bancos van a mandar promedios de cuánto gasta y cuánto percibe la gente, porque eso viola el secreto bancario y reserva tributaria”, dijo Ghersi.

El abogado manifestó que cualquier ciudadano puede presentar una acción popular en contra de este Decreto Supremo. “Esta regulación ha ido más allá de lo que permite el Tribunal Constitucional. La inconstitucionalidad es evidente”, manifestó.

Según manifestó Ghersi, esta norma es excesivamente reglamentarista y favorece la informalidad. “La gente va a huir del sistema bancario”, dijo.

LO QUE ENTRA EN VIGENCIA

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) tendrá acceso a todas las cuentas en entidades financieras que tengan montos iguales o mayores a S/ 10,000.

Esta medida, indicada en el reglamento del Decreto Legislativo 1434, se establece como parte de la lucha contra la evasión y elusión.

Estos datos permitirán que la Sunat realice verificaciones y detecte posibles inconsistencias que puedan constituir indicios razonables de evasión o elusión tributaria.

Las empresas del sistema financiero deberán brindar esta información, de unas 260 mil cuentas de ciudadanos y empresas, a la Sunat de manera mensual. [Fuente: RPP]

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