¿Es efectiva la lucha contra el crimen organizado en el Perú?

ENTREVISTA A CESAR SAHUANAY CALSIN MAGISTRADO DE LA SALA PENAL NACIONAL

POR: DR. PHD JAVIER FLORES AROCUTIPA

Cesar Sahuanay, es profesor de derecho penal en la Universidad Privada de Tacna y presidente de la Sala Penal Nacional. Como juez superior responde algunas de nuestras preguntas.

¿Cuáles son los temas que Ud. va exponer?

Son los temas de obligaciones del estado GAFILAT (Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica), la ruta del dinero. Prueba indiciaria, imputación a sujetos poderosos, caso Fujimori y otros casos de manejos complejos.

¿Cómo sabemos que la lucha contra el crimen organizado no ha sido efectiva en el Perú?

El estándar son las sentencias y para ello es básico la prueba indiciaria. Si no hay sentencias efectivas condenatorias. Pero aun cuando se hace efectiva la sentencia condenatoria mientras tengan los dineros, las ganancias ilícitas y mal habidos entonces continuaran con nuevas cabezas, la organización criminal continuará.

La línea de flotación es la organización criminal, seguirán mediante la corrupción vía sus ganancias ilícitas. El sistema debe descubrir la ruta del dinero. El decomiso y la pérdida de dominio. Muchas veces el delincuente está feliz que lo envíen a la cárcel porque sabe que tiene el dinero y que goza de las gollerías que otorga nuestro sistema penitenciario.

¿Realmente hay ganancias ilícitas y a que montos responde?

Las Naciones Unidas llego a establecer que en el mundo las ganancias paso del 2.3% al 5.5 % el PIB Mundial y de ellos menos del 1% de esas ganancias son incautadas.  Ó sea que el crimen organizado esta feliz. Porque con ese dinero financia la corrupción y la delincuencia.

¿la política criminal en el Perú logra hacerle daño al crimen organizado?

Nuestros sistemas están demostrando que no se le hace daño a la delincuencia. Hay que cambiar la mentalidad, sobre todo en el Ministerio público. La ruta del dinero está allí y no se le presta la atención correspondiente.

¿Es verdad que GAFILAT evaluó las sentencias del crimen organizado?

Del 2014 al 2018 lo que GAFILAT evaluó 44 sentencias que emitió el poder judicial sobre lavado de activos. Solo se ofrecieron 44 expediente o sentencias.  Y de ellas en 6 casos se tomaron en cuenta los informes de la Unidad de Inteligencia Financiera (quiere decir el 13%). Quiere decir que la UIF debería tener un aporte en el marco de la lucha contra el lavado de activos.

El congelamiento de fondos es un atributo de la UIF y este congelamiento es llevado al poder judicial para hacerla efectiva.  A veces el UIF congela recursos, el Ministerio público dice que aquí no ve caso.  Ese es un lujo que se da el país. Descoordinaciones entre la UIF y el ministerio público conlleva a que se pierda la lucha contra el crimen organizado.

¿Y cuál es el rol del Ministerio Publico en la lucha contra el crimen organizado?

En 14 de los 44 expedientes que analizo GAFILAT, de ellas el Ministerio Publico realizo un requerimiento de información a la UIF mediante una Nota de Inteligencia Financiera – NIF –  (29%) y en una se utilizó una NIFE.

Pero así mismo no existe evidencia que se hayan utilizado R-UIF en sc LA. Todas son graves deficiencias.

El lavado de activos es una espiral de corrupción.  No hay a la fecha una política criminal efectiva. El AP 08-2019 diferencia entre organización y banda criminal.

¿La policía lo tiene tan claro respecto de que es el crimen organizado?

Así es ellos cuando definen crimen organizado señalan según el AP 08-2018/CiJ-116, que crimen organizado, conjunto de actividades delictivas que son, y que penetran en los circuitos económicos formales para insertar sus ganancias y burlar el control estatal.   Y esto es el lavado de activos.

Al definir esto, se trata de cortar la ruta del dinero. De nada vale los esfuerzos si no se les quita el dinero que es la base de todo.

Luego de tres años prisiones las prisiones preventivas son flor de un día. Las prisiones preventivas son juegos artificiales. Solo con sentencias en primera y segunda instancia se prueba que el estado si tiene armas para luchar contra la criminalidad.

Quitarles el dinero es la clave. Es el caso el Cojo Name ganaba 10 mil dólares mensuales. En el rubro de protección. Por ello se dice que hay que descubrir la ruta del dinero y dejarles sin la línea de flotación.

¿Para organización criminal y lavado de activos es importante la prueba indiciaria?

EL caso más complejo de prueba indiciaría es el caso de Fujimori Fujimori.  Esto ocurre el 2006, cuando se elabora la prueba indiciaria. Se trata de buscar hechos periféricos. Muchos hechos periféricos me pueden llevar al convencimiento de un hecho conocido a un hecho desconocido. No son directos sino indirectos, pero nos debe llevar a una sentencia.

La Ejecutoria suprema, el hecho base debe estar probado. Podemos condenar con un indicio. En ocasiones un solo indicio puede permitir una sentencia condenatoria.

La STC 135-2003 del 30 de junio señala que, el carácter no irrazonable de la inferencia realizada. Una prueba dactilografía al interior del banco donde robaron es una prueba indiciaría contundente. Tal como corroboró la Corte Suprema de España.

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