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Alerta ciudadana anticorrupción

Por: Edgard Norberto “Beto” Lajo Paredes    

La Contraloría General de República (CGR), es el órgano superior del Sistema Nacional de Control; tiene autonomía; supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control (art. 82 Const.). Es objeto de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y verificar, mediante la aplicación de principios, sistemas y procedimientos técnicos, la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, así como el cumplimiento de metas y resultados obtenidos por las instituciones sujetas a control, con la finalidad de contribuir y orientar el mejoramiento de sus actividades y servicios en beneficio de la Nación.

CONTROL GUBERNAMENTAL

El control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes. El control gubernamental es interno (entidad) y externo (CGR) y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente (art. 6 LOSNCCGR).

¿QUÉ ES UNA ALERTA CIUDADANA?

La CGR lo define: “Es la información proporcionada por un ciudadano o ciudadana sobre un presunto hecho irregular relacionado con el uso de bienes y recursos públicos cometido por autoridades o personas que trabajen en entidades del Estado”, se presenta de forma personal,  anónima, presencial, virtual a https://appscgr.contraloria.gob.pe/sinad; por ej. sacar de vehículo público combustible; echar combustible a vehículo particular, firmando vale con placa de vehículo público; contratación de consultorías bambas;  tener trabajadores fantasmas; coimear para acelerar un trámite; pagar para desaparecer una sanción; hacer regalos para ganar una buena pro; adulterar boletas para cobrar más o justificar gastos inexistentes; llevarse herramientas de la entidad para sus casas; dar información reservada a cambio de favores pecuniarios u otros; presentar boletas por adquisición de bienes (papel u otros) no adquiridos para pedir devolución; etc.; etc.

TIPS DE CONTROL

La CGR ha desarrollado 15 tips de control: Uso adecuado de bienes y servicios públicos en procesos electorales. Prohibido realizar proselitismo y abusar del cargo para fines políticos. Actuar con neutralidad en la función pública. Discreción en el ejercicio de la función pública. Prohibición de obtener beneficios o ventajas. Deber de cumplir la función pública con responsabilidad. Uso adecuado del cargo público. Impedimento para contratar con el Estado. Uso adecuado de vehículos oficiales. Prohibición de hacer mal uso de la información privilegiada. Prohibición de incurrir en actos de nepotismo. Prohibición de mantener conflicto de intereses. Impedimento para ejercer la función por haber sido sancionado por la Contraloría. Prohibición de fraccionamiento. Alto al hostigamiento sexual laboral.

CIUDADANÍA ANTICORRUPCIÓN

Hay ciudadanos que comentan sobre hechos, actos y decisiones de los gobernantes locales, regionales y nacionales, con datos serios, que pueden constituir denuncias de ineficiencias como de corruptelas, mediante los medios de comunicación social: radio, TV, diarios, redes sociales, etc.; deben hacerse eco: los regidores, consejeros y congresistas e informarse, a fin, vean sí son veraces o falsas; deben motivar sean auditadas por los Órganos de Control Institucional (OCI), e investigadas de oficio por la Fiscalía Penal en prevención del delito; incluso, la propia entidad, en aplicación del control gubernamental interno, está obligada a indagar respecto a tales comentarios y/o denuncias, por consiguiente, tener un resultado y publicarlo.

PREMIAR A LOS CIUDADANOS

Premiar a los denunciantes e informantes, de actos irregulares, con: reconocimiento moral, exoneraciones de tributos y bonificación de puntos cuando postulen a un puesto, cargo o beneficio del Estado.

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