Fundación española de Moquegua – XXV

Quedaba establecido que la confirmación de la fundación de la villa de Moquegua fue despachada por su majestad en 1629, desde Madrid.

ARCHIVO

POR: GUSTAVO VALCÁRCEL SALAS

JURISDICCIÓN DE LA VILLA

Luego de la fundación, el 21 de junio de 1627, la Justicia y Regimiento de la villa de Santa Catalina de Guadalcázar, valle de Moquegua, a saber, don Gerónimo de Quintana y Benavides, teniente de gobernador, y don Pedro de Montalvo, regidor, dan poder a Alonso de Carrión, secretario de cabildo de la Ciudad de los Reyes, para que suplique al virrey marqués de Guadalcázar y a la Real Audiencia que cualquiera de ellos confirme las cinco leguas de jurisdicción que le hicieron merced al momento de su fundación.

Pocos meses después, el 7 de setiembre, el cabildo de Moquegua indica que su excelencia, el virrey marqués de Guadalcázar, había despachado la provisión para que las autoridades se abstuvieran de administrar justicia dentro de las cinco leguas, mientras se consiga la confirmación de los oficios y de la requerida jurisdicción.

CRECE LA VILLA

Ahora, en la reciente villa de Moquegua, «hay muchos vecinos y moradores, naturales como otros muchos que han venido a la nueva población, que va cada día en mayor aumento», y como hay un solo cura no puede administrar los santos sacramentos y, en particular, el de la confesión y la penitencia. Para superar este daño, la población reunida en cabildo suplica al Consejo de Indias que se dé licencia para que se pudiera fundar un convento de los religiosos descalzos de nuestro seráfico padre San Francisco, para que contribuyan a la salvación de las almas de esta villa y su valle.

AUMENTO, UTILIDAD Y PROVECHO DE LA VILLA

El 13 de agosto de 1631, el cabildo se reúne para pedir al virrey conde de Chinchón, por medio de un procurador, mercedes y propios para la villa, y todo lo demás conveniente que sea en su aumento. Se eligiera a Pedro Martínez de Cuéllar y se pidan las treinta fanegadas de tierras de las que se le había hecho merced desde el principio de su fundación, de tierras vacas, como son las que tenían los indios carumas, que, por haber venido en gran disminución, solo sirven para los españoles y corregidores que las siembran, y que sean destinadas en propiedad para el cabildo.

Igualmente, que se incluya en la mita a los indios quinistacas que se encuentran en la villa desde la reventazón del volcán. Asimismo, se den para propios las tierras vacas perdidas desde el tiempo del inca, que están baldías, para edificar casas con carga de cercarlas en el plazo de dos años.

SE RECLAMA EL TÍTULO DE VILLA

Veinticinco años después, el 4 de enero de 1653, don Diego Rodríguez Trejo, que se desempeñaba como alcalde ordinario, junto a los integrantes del cabildo, daban cuenta de que se trató de sacar las treinta fanegadas de tierras de propios que le tocan a la villa por merced que les hizo su majestad. Para tal efecto, precisaban presentar el título enviado por el rey.

LA CONFIRMACIÓN REAL DE LA FUNDACIÓN EN LIMA

Realizadas las averiguaciones, se encontró que su majestad lo había enviado y que se encontraba en Lima, en poder de los jueces oficiales reales don Pedro de Járaba y Bartolomé Astete de Ulloa.

En efecto, Pedro Martínez de Cuéllar y Muñoz, regidor y procurador de la villa de Moquegua, informó en 1631 que su majestad ratificó y aprobó la confirmación de la villa y que la cédula real se encontraba en poder de los oficiales reales en Lima, y a pesar de habérsela pedido reiteradamente no la querían entregar.

Hechos los reclamos correspondientes, dichos oficiales reales informaron, el 5 de octubre de 1631, que tenían en su poder la referida cédula en que su majestad hace merced de título de villa a Santa Catalina de Guadalcázar del valle de Moquegua, y que, por documento fechado en Madrid el 19 de julio de 1629, su majestad manda que se cobren a la villa mil pesos y que, después de haberse hecho el pago, lo entreguen.

Ante estos requisitos, el cabildo de Moquegua mandó que se saquen los mil pesos de prorrata entre los vecinos y que se envíe a los oficiales reales para el desempeño.

Quedaba establecido que la confirmación de la fundación de la villa de Moquegua fue despachada por su majestad en 1629, desde Madrid, y que estaba en poder de los oficiales reales en la Ciudad de los Reyes.

Después de este documento que consta en el archivo, no existe otro que haga referencia a la fundación de la villa ni a la confirmación real.

Fundacion espanola de Moquegua – XXV 2 Acta Transcripcion Prensa Regional 24062026 La Prensa Regional
Acta que trata sobre el título o confirmación de la villa de Moquegua — 1653 transcripción Juan Antonio Montenegro y Ubaldi.

 

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