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24 noviembre, 2024 12:19 pm

Constitución e independencia indoamericana

Por: Edgard Norberto «Beto» Lajo Paredes   

Nuestro país, en 200 años de Independencia Política, ha tenido hasta la fecha doce (12) Constituciones propias, es decir, elaboradas en Congresos o Asamblea Constituyentes peruanos. Pero antes, tuvimos la Constitución de Cádiz, promulgada el 19 de marzo de 1812; elaborada en las Cortes de Cádiz (ciudad y puerto de España), donde participaron representantes de España y sus colonias con el mismo rango, la única diferencia criticable fue en el número de diputados; los representantes de las colonias de Hispanoamérica era apenas el 20%. El Perú tuvo quince representantes.

CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ

Contexto histórico: “Una situación por demás extraordinaria se presentó en 1808 con la invasión napoleónica a la península ibérica. América resultaba colonia de un Estado que había dejado de existir” (Historia del Perú, Lexus Editores, Edición 2000, De la Colonia a la República Independiente de Francisco Quiroz Chueca, pág. 724). Lo destacable: “Inmediata fue también la reacción del pueblo español contra los invasores galos. Ya en mayo de 1808 se formaron las juntas provinciales para la resistencia. En ese contexto fueron convocadas las cortes generales y extraordinarias de Cádiz. España daba un mal ejemplo a sus propias colonias. Los dominios americanos fueron invitados a discutir las bases del nuevo régimen español monárquico constitucional. El Virrey Abascal cumplió de mala gana con convocar a elecciones de diputados” (ob. cit. pág. 724).

PROPUESTAS DE LAS COLONIAS

Leemos: “A pedido de los diputados americanos, las cortes decretaron la igualdad de derechos entre americanos y peninsulares y amnistía para los participantes en alzamientos por la independencia (15 de octubre de 1810), libertad para las actividades agropecuaria e industrial, igualdad de derechos para ocupar cargos, sin distinción de clases, categorías o castas (16 de diciembre de 1810), prohibición de maltrato a los indios (5 de enero de 1811), libertad de comercio en azogue (26 de enero de 1811), libertad de imprenta (18 de abril de 1811), abolición de la mita y el reparto de tierras entre los indios (9 de noviembre de 1812). No aceptaron, en cambio, la libertad de comercio ni que la mitad de los empleos en cada reino fuese cubierta por los patricios locales” (ob. cit. pág. 725). La Independencia de Indoamérica, empezó en las Cortes y Constitución de Cádiz, pues fue la ocasión en que diputados americanos se juntaron y forjaron unidos la emancipación indoamericana.

GRUPOS PARTIDARIOS EN ESPAÑA Y PERÚ

En las Cortes de Cádiz. “Sus miembros se dividieron entre liberales constitucionales y absolutistas o serviles. Los diputados americanos formaban un tercer grupo, bastante numeroso, ya que agrupaban hasta el veinte por ciento de los miembros, los que votaban unidos en las cuestiones que los afectaban, trataban de mejorar la situación jurídica y real de sus hermanos americanos, aunque por lo común, en los otros aspectos, se inclinaban por el partido reformador o liberal” (Cortes de Cádiz y Constitucionalismo Peruano, Fondo Editorial de la Universidad Privada Antenor Orrego, Víctor Hugo Chanduví Cornejo y José Gálvez Montero, pág. 34). En el caso nuestro. “Los primeros grupos políticos en el Perú.- Bandos políticos habíanse diseñado entre la nobleza peruana después de 1810. En un extremo estuvieron los partidarios del antiguo régimen, absolutistas o reaccionarios, o sea los enemigos, declarados o encubiertos, de la Constitución que emanó de las Cortes… Formaron el otro extremo los partidarios de la independencia irrestricta e inmediata, cuyo número fue al principio escaso en esa clase social y cuyos jefes vinieron a ser José de la Riva-Agüero y el conde de la Vega del Ren. Y en el medio se colocaron los que pensaron en diversas formas conciliadoras, de tipo monárquico constitucional, reformistas frente al Virreinato tradicional, pero conservadores frente a quienes querían romper el ligamen con la metrópoli” (Historia de la República del Perú 1822-1933 de Jorge Basadre Grohmann, Producciones Cantabria, Tomo I, págs. 37 y 38).

INFLUENCIA EN EL CONSTITUCIONALISMO PERUANO

Chandiví y Gálvez, demuestran la influencia de la Constitución de Cádiz en nuestras Constituciones del siglo XIX, “sobre todo en los conceptos de soberanía y primacía del parlamento” (pág. 35). Como dice Teodoro Hampe Martínez, en el prólogo: “La Constitución doceañista viajó al continente americano llevando consigo la semilla de la libertad que germinó en los distintos procesos de independencia de las repúblicas del Nuevo Mundo” (pág. 10).

Constitución de Cádiz 1812

 

Análisis & Opinión