Consejo de Ministros aprueba proyecto de ley sobre castración química para violadores

El Consejo de Ministros aprobó en su sesión el proyecto de ley sobre castración química para violadores, el cual será elevado este jueves al Congreso de la República para que sea analizado, discutido y, si la representación nacional lo considera pertinente, aprobado.

Así lo manifestó el titular del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), Félix Chero Medina, en la conferencia de prensa ofrecida en la sede de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

“Hoy, en Consejo de Ministros, hemos aprobado el proyecto de ley que implementa el tratamiento médico especializado para la inhibición de la libido de violadores de menores de edad”, precisó el funcionario.

“Es el proyecto que muchos denominan ‘castración química’ –añadió Chero–; muchos dicen que es una denominación que no corresponde, pero la literatura especializada, nacional e internacional, la nombran así”.

Este proyecto será elevando mañana jueves al Congreso de la República, para que sea analizado, discutido y, si la representación nacional lo considera pertinente, aprobado, adelantó el titular del Minjusdh.

PRECISIONES

En la conferencia de prensa que ofreció junto a otros ministros de Estado, dejó “expresa constancia de que se trata de un proyecto de ley dentro de la facultad constitucional que tienen tanto el Ministerio de Justicia como el Consejo de Ministros”.

“Este proyecto persigue esta medida (la castración química) para aquellos delitos que tienen pena determinada”, comentó.

Es para delitos de violación de la libertad sexual con pena determinada, y no así para delitos como los detallados en los artículos el 173 y 173-A del Código Penal, “que hablan de violación de menores de edad que es sancionada con cadena perpetua”, puntualizó.

Nosotros ya tenemos en el Código Penal la cadena perpetua para violadores de menores de edad y, por tanto, esta medida (la castración química) es una pena accesoria, es para aquellos que cometen delitos de violación de la libertad sexual con penas determinadas de 15, 20 y 25 años, afirmó el ministro.

En estos casos, la medida se aplicará después de cumplida la pena –aclaró–. “Una vez que se cumpla la pena privativa de libertad, se aplica o se ejecuta la pena accesoria”.

“Consideramos que es una medida pertinente, tienen un marco constitucional de protección y responde a una realidad social en concreto”, añadió Chero. [Andina]

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