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Ciudadanía y principio democrático

Por: Edgard Norberto “Beto” Lajo Paredes

El 15 de setiembre es el Día Internacional de la Democracia, así lo estableció la Asamblea de las Naciones Unidas.

DEMOCRACIA, LIBERTAD Y JUSTICIA SOCIAL

La libertad es consustancial a la democracia, no hay democracia sin libertad, la libertad solo se da en democracia; además, la democracia y libertad se sustentan en la justicia social, por lo tanto, tampoco hay democracia y libertad, si es que hay inhumana desigualdad, manifestada en la riqueza extrema de pocos (tienen dinero y bienes por demás) y pobreza extrema de muchos (no tienen ni para comer). Ante esta situación Mariátegui, planteó el socialismo sin calco ni copia, y Haya de la Torre propuso: “no quitar riqueza al que la tiene, sino, crear riqueza para el que no la tiene”. Esta es la promesa peruana, de Jorge Basadre; para ello es imprescindible acabar con la corrupción, prédica lapidaria –aún resuena- de Manuel González Prada.

DESARROLLO DE LA LIBERTAD

Abraham Lincoln, conceptuó la democracia como “el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”; Franklin D. Roosevelt, habló de las cuatro libertades básicas: libertad de culto, libertad de expresión, libertad del miedo y libertad de la miseria. Dichas libertades, progresivamente aparecieron en la historia de la humanidad. La libertad de culto, fue la primera, la trajo el cristianismo y su religión monoteísta de un solo Dios creador del universo y la vida, contrario a las religiones politeístas (creencia en varios dioses); luego advino la libertad de expresión, con la Independencia de los Estados Unidos y la Revolución Francesa (las personas pueden opinar libremente sin ser castigados), incluía cuestionar a los gobernantes, cosa intolerable para los reyes absolutistas; ulteriormente, creímos entusiastas la llegada de la libertad de la miseria con la Revolución Rusa (los trabajadores tenían asegurada su alimentación, salud y educación), libres de la miseria, se tornó dictadura burocrática supresora de la libertad política. Con el fin de la Segunda Guerra Mundial, creación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Declaración Universal de los Derechos Humanos, y el término de la Guerra Fría (confrontación entre capitalismo de EE.UU y comunismo de la URSS, por el reparto y dominio del mundo), se dijo ya no habrá peligro de enfrentamientos bélicos, en consecuencia, la humanidad ya no sufrirá de miedo a las guerras; no es así, por los actos de terrorismo ideológico y fundamentalista existente.

EL PERÚ Y LAS LIBERTADES

En nuestro país tenemos libertad de culto y libertad de expresión, pero, aún no estamos libres de la miseria, lo cual se ha evidenciado con esta mortal pandemia mundial del Coronavirus (COVID-19), donde el 70% de la PEA está en la economía informal, millones de compatriotas “viven del día a día”, en otras palabras el día que trabajan comen, por lo que tienen que trabajar todos los días, domingos y feriados; el día que no trabajan no comen, ha sucedido con la cuarentena obligatoria, la cual empezaron a desobedecerla por necesidad de comer, justificándose con una frase conmovedora: “sino muero de covid-19, muero de hambre”. Tampoco, estamos libres del miedo, por accidentes de tránsito diarios; la delincuencia común (raqueteros, extorsión, sicariato); y la corrupción e ineficiencia de los gobernantes nacionales, regionales y locales.

PRINCIPIO DEMOCRÁTICO

Lo ha establecido el Tribunal Constitucional en las sentencias del 11 de noviembre (Exp. 0008-2003-AI-TC) y 14 de agosto de 2003 (Exp. 0905-2001-AA-TC), extraído del libro “La interpretación de la Constitución según el Tribunal Constitucional” de Marcial Antonio Rubio Correa, págs. 337-342. Leemos: el “(artículo 3 de la Constitución), hace del principio democrático uno que trasciende su connotación primigeniamente política, para extenderse a todo el ámbito de la vida en comunidad. De esta forma, nuestra Carta Fundamental lleva implícito el reconocimiento de una democracia económica, social y cultural” (pág. 337); “El Estado debe ser el ente integrador del orden político y social, y el regulador de la estructura social, que asegure el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas” (pág. 338); “Por su parte, la interpretación social permite maximizar la eficiencia de los derechos económicos, sociales y culturales en los hechos concretos, de modo tal que las normas programáticas, en cuya concreción reside la clave del bien común, no aparezcan como una mera declaración de buenas intenciones, sino como un compromiso con la sociedad dotado de metas claras y realistas” (pág. 341). Ciudadanos asumamos el Principio Democrático y hagámoslo realidad desde los Gobiernos Locales.

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