El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Penal de Ilo emitió la Resolución N.° 10, mediante la cual dispuso oficiar al alcalde encargado de la Municipalidad Distrital de El Algarrobal para que informe si se cumplió la sentencia del 4 de noviembre de 2025, respecto a la inhabilitación de Florentino Nina Fernández para ejercer funciones como alcalde.
La disposición responde a un requerimiento presentado por el Segundo Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ilo, registrado con el número 15917-2026. El juzgado solicitó que la autoridad municipal comunique si se ejecutó la sanción impuesta al sentenciado.
ABOGADO CUESTIONA DISPOSICIÓN
El abogado Miguel Phatti Cauna discrepó con la decisión judicial y sostuvo que no correspondía limitar el requerimiento a consultar si Nina Fernández continúa ejerciendo el cargo, sino exigir que se cumpla la inhabilitación dictada en su contra.
“Me parece que el órgano jurisdiccional solo quiere saber si está o no ejerciendo funciones, porque así lo dice en la resolución”, manifestó Phatti Cauna, al referirse al pedido de información sobre el cumplimiento de la sentencia.
El letrado sostuvo que, según su interpretación de los efectos de la sanción penal, Nina Fernández debería dejar el cargo de inmediato. Advirtió que continuar en el puesto pese a estar inhabilitado podría configurar el delito de usurpación de funciones.
DELEGAN REPRESENTACIÓN LEGAL
En la disposición contenida en la resolución, el juzgado atendió un escrito presentado por Walther Enrique Vilca Vilca, en su calidad de procurador público de la Municipalidad Distrital de El Algarrobal, registrado con el número 15907-2026.
A través de este documento, se tuvieron por delegadas las facultades de representación a favor de la abogada Linda Sara Navarro Pacha, quien podrá intervenir de manera individual o conjunta en el proceso. El juzgado dispuso poner esta decisión en conocimiento de las partes e incorporar el escrito al expediente.
Por el momento, el requerimiento judicial está dirigido a obtener información sobre el cumplimiento de la inhabilitación impuesta a Nina Fernández, sin que el texto de la resolución transcrito establezca una decisión adicional sobre su permanencia en el cargo.

