Este domingo vence el plazo para difundir encuestas electorales, advierte el JNE

Medios y encuestadoras que incumplan la norma podrán ser sancionados con multas de hasta 100 UIT.

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Según lo establecido en el Reglamento sobre Encuestas Electorales del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la difusión de sondeos relacionados con los comicios del 12 de abril solo está permitida hasta este domingo 5 de abril previo a la jornada electoral.

El incumplimiento de esta disposición conlleva sanciones económicas. Las encuestadoras o medios que publiquen o difundan estudios después de esa fecha podrán recibir multas que van desde 10 hasta 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Esta restricción está contemplada en la Resolución N.° 0107-2025-JNE, que regula la difusión de encuestas, simulacros de votación y cualquier otro tipo de medición de preferencias electorales, permitiéndolas únicamente hasta el límite establecido.

Ante el cierre del plazo, el JNE recordó las diferencias entre encuesta electoral y sondeo de opinión.

De acuerdo con el organismo, una encuesta electoral es un estudio basado en metodología científica que mide la intención de voto a partir de una muestra representativa de la población, utilizando herramientas como cuestionarios estructurados.

En contraste, un sondeo electoral es un mecanismo de recolección de datos sin sustento técnico o científico.

“Los sondeos de opinión sobre materia electoral o televoto que suelen realizar los medios de comunicación y las encuestadoras, de manera presencial, telefónica, a través de sus páginas web, redes sociales u otro medio, deberán consignar de manera continua durante su emisión la frase: ‘Los resultados de este sondeo son referenciales y no tienen sustento científico’”, precisó el JNE.

Asimismo, el organismo indicó que únicamente las encuestadoras inscritas en el Registro Electoral de Encuestadoras están autorizadas para elaborar y difundir estudios sobre intención de voto y simulacros electorales.

El JNE aprobó el “Reglamento sobre Encuestas Electorales durante los procesos electorales”, que rige para los comicios en curso en marzo de 2025, a través de la Resolución N°0107-2025-JNE. 

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