Frente a la coyuntura actual relacionada a la problemática del recurso hídrico (contaminación), considero importante contribuir a través de la presente opinión, con algunas informaciones básicas.
RIESGOS E IMPACTOS AL MEDIO AMBIENTE
Percibimos que no se le está dando la importancia debida al tema ambiental: los ríos contaminados con boro y arsénico; al parecer consumimos agua potable con arsénico; industrias cementeras que utilizan como combustible el carbón y el Clinker; los botaderos municipales ilegales; puertos marítimos que se convierten en almacén y tránsito de contaminantes, especialmente de minerales y sustancias químicas peligrosas; por otro lado, tenemos niños, jóvenes y adultos del distrito de Islay que aún mantienen el plomo en su sangre; algunos recursos hidrobiológicos contaminados por cadmio; mar y suelo contaminado con arsénico, mercurio y plomo; ruidos molestos por encima de los estándares legales (caso trenes); gases y ruidos de las empresas de generación eléctrica; incumplimiento de la Ley y Reglamento de los Recursos Hídricos, en cuanto se refiere a la calidad del agua, no se hace nada por reducir progresivamente los factores que generan su contaminación y degradación; riesgos ante derrames de combustible, ácido sulfúrico, NaSH, nitrato de amonio, combustible, entre otros.
APLICAR POLÍTICAS
En fin, un panorama triste. Pero más allá de sentarnos y decir, qué pena lo que está pasando. Hay acciones que todos podemos realizar, cosas que el ser humano podría hacer en su vida diaria (caso preocupación reciente de algunos comunicadores sociales) para evitar que esta situación empeore y donde nuestras autoridades, como son los gobernadores regionales, congresistas, alcaldes, consejeros, regidores, subprefectos; instituciones como OEFA, OSINERGMIN, SUNASS, Fiscalía Ambiental, ARMA, Salud Ambiental, los denominados Comités Ambientales Municipales, entre otras instituciones, tienen la obligación de fiscalizar, supervisar y aplicar políticas para la conservación del ambiente que propendan a la promoción, salvaguarda y aseguramiento de la biodiversidad, manteniendo el equilibrio ecológico y el desarrollo sustentable.
NO SE CONOCEN LOS REPORTES
Señores autoridades nacionales, de la región Arequipa y provincia de Islay, solicitamos su intervención y preocupación en cuanto se refiere al tema ambiental y contaminación y hablar de ello, me refiero que deben preocuparse por ejemplo, lo que viene ocurriendo actualmente con esa agua de color rojiza, y que se presume sea producto del movimiento de una empresa minera ubicada en los territorios de Moquegua, y que lamentablemente, llega a nuestra cuenca hídrica del río Tambo, deteriorando su calidad; por lo que nos preocupa, en vista que esa misma agua la consumimos, bien tratada o mal tratada, no lo sé por qué sencillamente no existen reportes de la empresa encargada de darle el tratamiento al agua para el consumo de la población de Islay.
Dentro de este contexto, es justo y razonable que ya intervengan nuestras autoridades y entidades competentes, en la evaluación, análisis y monitoreo de la calidad de agua que venimos consumiendo para clarificar, identificar y conocer los niveles de metales pesados, como el arsénico, boro y otros; sugiriendo obtener muestras de agua cruda en el canal de Alto Ensenada que sirve de fuente de captación a varios sistemas de agua potable de la provincia de Islay y otra muestra de agua potable a la salida de la Planta de Tratamiento Hernán Perochena de Inclán-Mollendo que abastece a la capital de la provincia y distrito de Islay.
POBLACIÓN PREOCUPADA
Este es un tema de interés y que es queja permanente de los pobladores de los diferentes distritos, ya que se presume que los pobladores estaríamos ingiriendo esta agua con el metal pesado conocido como arsénico, el cual es considerado como cancerígeno. A la fecha es un problema de todos los días, sin solución alguna. Sin embargo, durante el año 2014, hubo un escándalo en Arequipa, porque la población estaba consumiendo agua potable con un olor desagradable, cuyas muestras de agua de consumo humano obtenidas a la salida de la Planta de Tratamiento de agua “La Tomilla” y las redes de distribución de agua, evidenciaron que los valores de los parámetro hidrobiológicos (organismos de vida libre: zooplancton más fitoplancton) superaron los límites máximos permisibles (LMP).
Recuerdo que en ése problema de Arequipa en el 2014, sí mostraron mucho interés los señores congresistas de la gestión anterior, viceministerio de Salud Pública, Gerencia Regional de Salud-Arequipa, SEDAPAR, Ministerio de Vivienda, SUNASS, ANA, DIGESA, los gobiernos locales provinciales y distritales, gobierno regional, consejeros, colegios profesionales competentes, denuncias a SEDAPAR, etc., por el olor desagradable del agua que se consumía en Arequipa, siendo los causantes fito y zooplancton, que al parecer no eran tóxicos, pero hubo bastante preocupación de las autoridades. Sin embargo, el agua que posiblemente consumimos con arsénico, boro y otros metales pesados en la provincia de Islay, no es preocupación de las instituciones competentes.
ANTECEDENTES
Por otro lado, desde el punto de vista de la calidad del agua que utilizamos y que consumimos, es necesario conocer algunos antecedentes y documentos, como por ejemplo, el Informe Técnico sobre Agua de Consumo Humano del 17/11/2005 en donde se concluyó que el Canal de Alto Ensenada, tenía 0.227 mg./L de arsénico total, valor por encima de los LMP referenciales (0.1 mg/L As) asumiéndose en ese tiempo que la presencia de arsénico podía estar relacionada por la contaminación natural del río Tambo.
Respecto al agua potable que es previamente tratada en la planta Hernán Perochena a cargo de SEDAPAR, según los resultados de la muestra a la salida de la planta (salida del Reservorio Principal), tenía 0.055 mg/L de arsénico total, existiendo un abatimiento del arsénico durante el tratamiento, logrando reducirse a valores que están por debajo de los LMP referenciales (0.1 mg/L As) de los parámetros de la calidad de agua de consumo humano de la SUNASS. Pero si estos resultados se constatan con las recomendadas por la OMS, estarían excediendo ligeramente con los valores guías para el caso específico del arsénico.
En este informe del año 2005, se recomendaba a SEDAPAR que debería continuar realizando permanentemente el monitoreo de arsénico, considerando que en la fuente de captación (canal Alto Ensenada) existe la presencia de arsénico, que puede variar su contenido en función del caudal del río, especialmente en épocas de estiaje.
Por otro lado, según el Informe Técnico: “Evaluación de Parámetros Ambientales y su impacto en el camarón de río de los ríos Ocoña, Camaná-Majes, Siguas-Quilca y Tambo”. 2011-PRODUCE, concluyeron que las aguas del Tambo presentaron valores altos del arsénico, registrado en el punto de muestreo “El Tuco”, que sobrepasa en 4,8 veces el valor ECA-Agua establecido en el D.S. Nª 002-2008-MINAM.
SUNASS DEBE INTERVENIR
Señores de SUNASS, también le pedimos su intervención ya que dentro de su organigrama, existe la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, que es el órgano encargado de hacer cumplir los compromisos adquiridos por las empresas prestadoras de los servicios de saneamiento, velando porque éstos servicios sean prestados dentro de los rangos de calidad, realizando el control de la calidad del agua brindada a la población; además, ustedes dentro de sus nuevas funciones tienen que promover el cuidado de las fuentes y el ciclo integral del agua.
CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES DE LA ANA
Señores de la ANA, les hago recordar que en cuanto se refiere a la calidad del agua, exija el cumplimiento del artículo 103 del Reglamento de la Ley de los Recursos Hídricos, que indica que la protección del agua, tiene por finalidad prevenir el deterioro de su calidad; proteger y mejorar el estado de sus fuentes naturales y los ecosistemas acuáticos; establecer medidas específicas para eliminar o reducir progresivamente los factores que generan su contaminación y degradación; y que ustedes en coordinación con el Ministerio del Ambiente, Ministerio de Salud y demás sectores cuando corresponda, deben emitir disposiciones, directivas y normas complementarias al Reglamento, para la conservación y protección de la calidad de las aguas. Su cumplimiento de la gestión de la calidad del recurso hídrico, está enmarcado en la Política y Estrategia Nacional de los Recursos Hídricos y el Plan Nacional de Gestión de Recursos Hídricos