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La nueva moción de vacancia de Vizcarra

POR: ABG. CÉSAR MARÍN CÁCERES   

Tal como lo había adelantado en un anterior artículo denominado “Después de la moción de vacancia”, ante las evidencias, se ha presentado ante el Congreso de la República un nuevo pedido de moción de vacancia contra el presidente de la República Martín Vizcarra Cornejo, con 27 firmas de congresistas de varias bancadas, el Congreso ha decido resolver el pedido de moción de vacancia para el 31 de octubre del 2020.

UPP fundamenta su solicitud en los testimonios de cuatro aspirantes a colaboradores eficaces, quienes sindican al jefe de Estado como el receptor de sobornos por S/. 2´300.00 por las obras de Lomas de Ilo y del hospital de Moquegua cuando Vizcarra se desempeñó el cargo de gobernador regional de Moquegua.

Tomando en consideración que este caso es serio, si el Congreso admitió la moción de vacancia por el caso de Richard Cisneros, menos serio que el actual, va a tener que continuar en la misma línea ya que existen declaraciones a colaboradores eficaces, por lo que existente cierto sustento y una investigación en la fiscalía, así que es muy probable que la moción sea admitida para el debate, aunque ello no signifique que lo vayan a vacar. Lo ideal es que se forme una comisión de investigación en el Congreso antes de votar la moción.

Las respuestas del presidente no han sido satisfactorias ni claras, aunque ha demostrado fragilidad del gobierno, defenderse solo en entrevistas televisivas es complicado, ha dado respuestas políticas a un tema legal, ha intentado maquillar las respuestas con asuntos de gestión que nada tienen que ver, pero ante las preguntas sus respuestas han dejado dudas.  En una entrevista el domingo 18 de octubre en el programa cuarto poder ante el periodista Alfredo Thorndike dijo que los congresistas quieren vacarlo porque quieren quedarse en el Congreso dos años más, consideramos que dicho argumento no es cierto por cuanto ya se ha convocado a elecciones generales para el 11 de abril del 2021.

Actualmente existe un proceso competencial en el Tribunal Constitucional, para que defina ni procede vacar a un presidente por la causal de incapacidad moral permanente, esa demanda ha sido interpuesta ante el anterior pedido de vacancia, el Congreso tiene hasta el 11 de noviembre para contestar, luego el Tribunal Constitucional deberá fijar fecha de la audiencia y resolver la causa; consideramos que la demanda debe declararse  infundada ya que es atribución y competencia  del Congreso vacar al presidente cuando se comprueba incapacidad moral permanente, lo cual ha sido ampliamente discutido en el diario de debates de la Constitución de 1993 y está contemplado en el inciso 2 del artículo 113  de la Constitución Política, por lo que  tampoco procedería una nueva medida cautelar.

Tal como lo establece el artículo 89-A del Reglamento del Congreso se necesita 52 votos para que se apruebe dicha moción. Si el Congreso admite a trámite la moción, debe fijar fecha para el debate y la votación de la vacancia, Vizcarra o su abogado puede usar 60 minutos para su defensa. La vacancia se aprueba con 87 votos. Con lo sucedido en la anterior moción de vacancia va a depender de los nuevos elementos que se vayan a presentar en estos días, lo congresistas son muy impredecibles cualquier cosa se puede suceder.

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