Con fecha 02 de marzo del 2020, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), emitió las conclusiones de la investigación sobre el caso del fallecimiento del trabajador Gonzalo Israel Flores Córdoba (25), determinando que se cometió faltas graves, imponiendo una multa de más de 95 mil soles a la Empresa Electrónica de Elevadores S.L. Sucursal Perú, para quien laboraba el extinto.
La víctima desempeñaba labores de mantenimiento en el ascensor del Hospital Regional de Moquegua, cuando lamentablemente al parecer fallas mecánicas, hizo que la cabina que estaba enganchada se descolgara y lo decapitó.
Se constató la existencia de infracciones administrativas “muy graves” en seguridad y salud en el trabajo, que contribuyeron al accidente mortal del citado trabajador.
La empresa no cumplió con las obligaciones en materia de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos, no identificó los peligros, ni realizó el análisis / gestión de los riesgos laborales.
De igual modo, se incumplió las obligaciones en materia de notificación o aviso de accidente de trabajo mortal o incidente peligroso, al no haberse realizado la notificación correspondiente ante la Autoridad Administrativa de Trabajo dentro del plazo de 24 horas después de sucedido el accidente mortal.
Tampoco cumplió con las obligaciones en materia de entrega de Equipos de Protección Personal, al no haber evidenciado de manera documentada la recepción del Equipo de Protección Personal, requerido para sus actividades.
No cumplió con realizar una supervisión efectiva de las labores de mantenimiento realizadas por el trabajador Gonzalo Israel Flores Córdova.
Asimismo, la empresa no cumplió con las obligaciones en materia de información sobre Seguridad y Salud en el Trabajo.
Ante estos incumplimientos advertidos, que además constituyen infracciones insubsanables, el equipo de inspectores del trabajo, a cargo de la investigación, ha propuesto se sancione a la Empresa Electrónica de Elevadores S.L. Sucursal Perú, con una multa ascendente a la suma de S/. 95,288.00. La decisión final se adoptará en el respectivo procedimiento administrativo sancionador, cuyo inicio se ha puesto en conocimiento de las partes.