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miércoles, septiembre 17, 2025

Establecimientos comerciales que incumplan norma serán multadas con 4,300 soles

Si se sorprende que están atendiendo en el interior de los restaurantes, lamentablemente se impondrá la multa de 1 UIT, de acuerdo a lo que dispone la norma.

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El Sr. Javier Zanabria, encargado de la oficina de Vigilancia Sanitaria de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto (MPMN), dio a conocer que ante las nuevas disposiciones emitidas en el Decreto de Urgencia Nro. 008-2021-PCM dada la segunda ola por la pandemia, se envió una carta dirigida a los mercados, supermercados, entre otros locales que reúnen gente, haciendo de conocimiento que el aforo es del 50% a partir del 31 de enero.

Dijo que los restaurantes pueden brindar el servicio delivery y no atención en el local. De incumplir la norma, se procederá con la aplicación de la respectiva sanción por desacato a la autoridad, monto que asciende a 1 UIT, que asciende a 4,300 soles.

“Ellos tienen que hacer caso y no provocar a la autoridad quien dispone las medidas. Si están atendiendo en el interior de sus puestos, lamentablemente se impondrá la multa, de acuerdo a lo que dice la norma”, aseveró.

Ante la pandemia que está avanzando y ya no hay camas UCI, Zanabria, recomendó a la población acatar la cuarentena, quedarse en casa, sobre todo no salir en familia a pasear, guardar el distanciamiento social, lavarse las manos con agua y jabón, desinfectarse con alcohol y evitar aglomeración, sobre todo en los mercados.

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