Entre el serlo y merecerlo

Es importante ser probo, aunque no suficiente, pues hay que merecerlo.

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POR: FERNANDO VALDIVIA CORREA

El último viernes, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) anunció la destitución de Richard Concepción Carhuancho, quien se encontraba suspendido como magistrado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, por una falta muy grave derivada del incumplimiento de los plazos para la notificación de la resolución de prisión preventiva a Mateo Castañeda, desde que fue leída la misma —doce días—, así como para la concesión y elevación del recurso de apelación contra dicha medida restrictiva de la libertad —igual número de días—.

LA DESTITUCIÓN Y LAS CRÍTICAS

Raudamente estallaron las críticas, de los caviares, desde luego. Nacionales e internacionales. De esto último, Margaret Satterthwaite, relatora especial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre la independencia de magistrados y abogados, declaró que “destituir a un juez por el ejercicio de sus funciones judiciales supondría un hito en el mal uso de los procedimientos disciplinarios y socavaría gravemente la independencia judicial en Perú”, agregando que “las normas internacionales establecen claramente que los jueces solo pueden ser suspendidos o destituidos de su cargo por motivos graves de mala conducta o incompetencia y de conformidad con procedimientos justos que garanticen la objetividad y la imparcialidad”.

En adición, recordemos que, en agosto pasado, la abogada Rosa María Palacios entrevistó al politizado exjuez, tildándolo de “canero”, con la frase “yo los mando a la cárcel, que resuelvan arriba”, en clara alusión a las carcelerías dictadas contra Keiko Fujimori, Ollanta Humala y su cónyuge, cuyos procesos fueron posteriormente anulados por decisiones que determinaron afectaciones a los principios de legalidad y tipicidad.

LOS PLAZOS PROCESALES

Bueno, resulta que el Código Procesal Penal, en sus artículos 127 y 278, establece plazos de veinticuatro horas tanto para notificar las resoluciones como para elevar los actuados al superior en una apelación contra un auto de prisión preventiva, bajo responsabilidad en este último supuesto. Y esto fue lo que ocurrió con Concepción Carhuancho.

Además, con relativa frecuencia normalizamos situaciones que en realidad son ilegales. Sobrecarga de expedientes en los despachos judiciales pendientes de actuación, con tiempos de espera de cinco años en promedio —solo en primera instancia—. Es harto conocido que, al acercarse a ventanilla a preguntar por el estado de un escrito presentado, la respuesta al otro lado del mostrador sea: “pero recién lo ha presentado”. Sí, hace tres semanas. Espere un poco más, entonces. Y eso genera justo malestar en el ciudadano.

En contraposición, las maratones judiciales. De cuando en cuando, alguna Corte Superior promueve resolver la mayor cantidad de causas en trámite en veinticuatro horas. Sí, amigo lector, lo que no pudieron hacer en un quinquenio, el reto es ahora, confundiendo celeridad con apuro. Y todo con el fin no de acercar la justicia a la población, sino de cumplir metas internas —y quizá hasta recibir “bonos por mayor productividad”—.

DISTORSIONES QUE SE NORMALIZAN

Y, en ese desmedido afán de “cumplir por cumplir”, el riesgo de perjudicar a una de las partes en conflicto es alto. Y claro, viene a la memoria la respuesta de la señora Palacios: “que resuelvan arriba”. En resumen, si literalmente “metí la pata, que el superior me corrija”. Y, en el camino, dinero y tiempo perdido para el justiciable.

Pero, digámoslo claramente, estas distorsiones también suceden en la gestión pública administrativa. Por ejemplo, cuando el jefe de la comisión auditora evacúa un informe de control determinando responsabilidad a un funcionario que, a todas luces, no debió ser comprendido en el mismo. Nuevamente, las palabras de Rosa María: “que te dé la razón el fiscal y/o el juez, según el caso”.

O el miedo latente al resolver una controversia; es decir, el temor de que, al otorgar —o reconocer— un derecho al administrado, sea visto como sinónimo de corrupción. Falso, toda vez que la experiencia enseña que a quien le asiste el derecho se le confiere; caso contrario, es denegado. Punto.

ENTRE EL SERLO Y MERECERLO

Parafraseando a Albert Camus, “el éxito es fácil de obtener. Lo difícil es merecerlo”. Es importante ser probo, aunque no suficiente, pues hay que merecerlo. Y, obviamente, Concepción Carhuancho no lo hizo, y ahí la nefasta consecuencia de sus tropelías jurídicas.

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