De acusadores a presuntos acosadores: ANC ordena apartar a dos fiscales de Ilo por denuncias de acoso sexual

La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público ordenó el apartamiento preventivo de Carlos Alberto Vicuña Simeón y Douglas José Bravo Lazarte, investigados disciplinariamente por presuntos actos de acoso sexual contra trabajadoras de sus respectivos despachos.

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POR: JULIO FARFÁN VALVERDE (UNIDAD DE INVESTIGACIÓN – UDI)

Dos fiscales provinciales de Ilo, encargados de perseguir delitos y defender la legalidad, enfrentan ahora graves investigaciones disciplinarias por presuntos actos de acoso sexual contra trabajadoras que laboraban bajo su autoridad. La situación ha llevado a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (ANC-MP) a disponer su apartamiento preventivo durante cinco meses, mediante dos resoluciones que exponen hechos, declaraciones, grabaciones y elementos documentales que comprometen seriamente la conducta funcional atribuida a ambos magistrados.

Se trata de Carlos Alberto Vicuña Simeón, fiscal provincial del Segundo Despacho de la Fiscalía Especializada en Delitos de Lesiones y Agresiones contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Ilo, y Douglas José Bravo Lazarte, fiscal provincial del Primer Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ilo.

El caso resulta especialmente delicado porque uno de los investigados, Vicuña Simeón, tenía precisamente la responsabilidad de intervenir en asuntos relacionados con la violencia contra las mujeres. Sin embargo, dos trabajadoras de su propio despacho lo denunciaron por presuntos actos reiterados de acoso sexual, aprovechamiento de su posición jerárquica y conductas que habrían afectado su tranquilidad personal y laboral.

La Unidad de Investigación de Diario Prensa Regional (UDI) hizo público anteriormente el caso Vicuña, revelando los testimonios de dos trabajadoras, mensajes de contenido personal, invitaciones insistentes, acercamientos físicos no deseados y presuntas represalias laborales. Aquella publicación tuvo como sustento una investigación fiscal y documentación judicial que dispuso medidas de protección para las agraviadas.

DOS RESOLUCIONES Y CINCO MESES DE APARTAMIENTO

Mediante Resolución N.° 181-2026-ANC-MP-ADC-UPD-MOQUEGUA, del 28 de septiembre de 2026, la Unidad de Procedimiento Disciplinario de la Autoridad Desconcentrada de Control de Moquegua dispuso el apartamiento preventivo de Carlos Alberto Vicuña Simeón.

Posteriormente, mediante Resolución N.° 195-2026-ANC-MP-ADC-UPD-MOQUEGUA, del 19 de octubre de 2026, adoptó una medida similar contra Douglas José Bravo Lazarte.

Ambos pronunciamientos fueron suscritos por Roberto Carlos Cutipa Luque, fiscal adjunto superior responsable de la Unidad de Procedimiento Disciplinario. Las medidas tienen una duración de cinco meses, contados desde la notificación personal, y son de aplicación inmediata. Durante ese periodo, los investigados quedan impedidos de ejercer las atribuciones propias de sus cargos fiscales.

Debe precisarse que el apartamiento preventivo no constituye una destitución ni una declaración definitiva de responsabilidad. Se trata de medidas cautelares destinadas a proteger el desarrollo de los procedimientos disciplinarios y el adecuado funcionamiento del servicio fiscal.

EL CASO VICUÑA: DOS TRABAJADORAS DENUNCIARON ACOSO

La resolución contra Carlos Alberto Vicuña Simeón comprende dos imputaciones por presunto acoso sexual, calificadas preliminarmente como faltas muy graves, además de una imputación administrativa leve que no constituye fundamento del apartamiento. La documentación recoge hechos que se habrían producido desde finales de 2023 y durante los años siguientes, dentro y fuera de las instalaciones del Ministerio Público.

Las dos trabajadoras, cuyas identidades se mantienen en estricta reserva, describieron conductas que, según sus declaraciones, incluían regalos no solicitados, invitaciones reiteradas a salir, mensajes personales, comentarios sobre su apariencia física, acercamientos corporales incómodos y presiones relacionadas con el trabajo.

Uno de los episodios documentados corresponde a un mensaje de WhatsApp enviado el 3 de septiembre de 2024 a una de las denunciantes. En el mensaje atribuido al fiscal aparecen expresiones como: “Tu perfume es exquisito” y “cuando perciba esa fragancia me acordaré de ti”. Según el testimonio de la trabajadora, posteriormente encontró un perfume sobre su escritorio, obsequio que decidió desechar. La investigación describe otros presentes, como chocolates, aretes y collares, que habrían sido entregados pese a las negativas de las agraviadas.

La resolución disciplinaria también recoge declaraciones sobre supuestos acercamientos físicos mientras las trabajadoras se encontraban frente a sus computadoras. Una de ellas relató que el fiscal se colocaba detrás de su silla, aproximando excesivamente su cuerpo, situación frente a la cual expresaba su incomodidad.

“NO SÉ SI TE HABRÁS DADO CUENTA, PERO TÚ ME GUSTAS”

Otro episodio relevante corresponde a una conversación ocurrida en mayo de 2024, cuando una de las denunciantes habría aceptado subir al vehículo del fiscal después de reiteradas insistencias. Según la documentación incorporada al procedimiento, el investigado le habría manifestado: “No sé si te habrás dado cuenta, pero tú me gustas”. La trabajadora grabó parte de aquella conversación, posteriormente incorporada a las actuaciones fiscales.

En la transcripción, la denunciante deja claramente establecida su posición frente a los acercamientos del funcionario: “No, no mezclar el tema amical o sentimental con el tema laboral. Eso lo tengo claro”.

La joven también expresó que no podía corresponder a los sentimientos manifestados por su superior y que deseaba mantener exclusivamente una relación de trabajo.

Las investigaciones recogen declaraciones según las cuales las trabajadoras habrían enfrentado cambios en el trato laboral después de rechazar los acercamientos del fiscal.  Entre los hechos mencionados figuran observaciones constantes, exigencias laborales, retrasos en la firma de documentos y situaciones relacionadas con la asignación de funciones. La ANC-MP también evaluó documentación administrativa vinculada con la rotación de personal y las condiciones en que las denunciantes continuaban prestando servicios.

La ANC considera que la permanencia del investigado en funciones podría representar un riesgo para el desarrollo del procedimiento disciplinario, debido a su posición de autoridad sobre trabajadores que eventualmente debían declarar.

DOUGLAS BRAVO: UNA DENUNCIA EN SU PROPIO DESPACHO

El segundo pronunciamiento involucra al fiscal provincial Douglas José Bravo Lazarte, titular del Primer Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ilo. La investigación disciplinaria se originó en una denuncia de una asistente administrativa por hechos presuntamente ocurridos el 24 de marzo de 2026, durante el desarrollo de actividades laborales.

Según el relato recogido por la ANC-MP, la trabajadora se encontraba realizando labores en una computadora cuando el fiscal se aproximó a su posición y presuntamente le dio una palmada no consentida en los glúteos.

La denuncia señala que el contacto estuvo acompañado de una expresión que la trabajadora consideró ofensiva y de contenido sexual. La frase atribuida al investigado fue: “Así sin bolsillo se ve más grande”, en referencia a la vestimenta que utilizaba la denunciante. La trabajadora manifestó haber quedado paralizada e incómoda ante lo ocurrido. Posteriormente comunicó los hechos a compañeros de trabajo y decidió buscar asesoramiento.

LAS GRABACIONES Y LAS DISCULPAS DEL FISCAL

Uno de los aspectos más relevantes del caso Bravo es la existencia de conversaciones posteriores al incidente, registradas por la denunciante y transcritas en el expediente. La resolución examina grabaciones correspondientes a los días 27 y 30 de marzo de 2026, en las que se aborda lo sucedido.

En una de ellas, el interlocutor masculino, cuya voz la denunciante atribuye a Douglas Bravo, manifiesta: “Yo estaba jugando”.

Durante la conversación también expresa que no habría actuado con mala intención y pide disculpas por lo ocurrido. La trabajadora, por su parte, describe el impacto que tuvo el episodio: “Es algo que para mí fue muy, muy desagradable. Esa es la palabra”.

En otra intervención, el interlocutor masculino manifiesta que no sabe cómo volver a pedir disculpas y expresa su preocupación por la posibilidad de que la trabajadora solicite alejarse del despacho. La resolución también recoge los descargos del fiscal investigado y declaraciones de trabajadores que aportaron información sobre las circunstancias laborales y las actuaciones posteriores.

INVESTIGACIÓN Y MEDIDAS

La investigación disciplinaria contra Bravo incluye declaraciones testimoniales, transcripciones de audios, actuaciones judiciales y evaluaciones psicológicas.

También consta que el Juzgado de Familia de Ilo dictó medidas de protección preventivas a favor de la trabajadora mediante Resolución N.° 02, del 31 de marzo de 2026.

RIESGOS PARA EL SERVICIO FISCAL

La ANC-MP advierte que la permanencia de ambos fiscales en sus respectivos despachos podría afectar el normal desarrollo del servicio fiscal, la confianza institucional y las condiciones necesarias para investigar los hechos denunciados.

En el caso Vicuña, uno de los aspectos considerados es la subordinación laboral de las denunciantes y la posibilidad de influencia sobre servidores que todavía debían prestar declaraciones.

En el caso Bravo, la autoridad también pondera las condiciones laborales de la denunciante, la relación jerárquica y las consecuencias que podría generar la continuidad del investigado en el despacho.

Las resoluciones consideran que las conductas atribuidas, de acreditarse, afectarían gravemente los deberes de probidad, decoro, respeto y dignidad exigidos a quienes representan al Ministerio Público.

Asimismo, la ANC-MP señala que las imputaciones preliminarmente calificadas como muy graves podrían dar lugar a una sanción de destitución. Sin embargo, esa posibilidad no constituye una sanción ya impuesta y deberá resolverse conforme al procedimiento disciplinario correspondiente.

CINCO MESES FUERA DE SUS FUNCIONES

Las medidas cautelares dispuestas por la ANC-MP impiden a ambos fiscales ejercer sus atribuciones durante el periodo señalado. El Reglamento de Procedimiento Disciplinario establece que el apartamiento preventivo se ejecuta desde la notificación personal y que el fiscal apartado percibe el 80 % de la remuneración mensual correspondiente.

Las decisiones pueden ser apeladas dentro del plazo legal, sin que la presentación del recurso suspenda su ejecución.

Las resoluciones disponen, además, comunicar las medidas a las instancias institucionales correspondientes, entre ellas la Fiscalía de la Nación, la Autoridad Nacional de Control, la Junta Nacional de Justicia y la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Moquegua.

Las investigaciones son independientes y no existe en los documentos examinados información que permita afirmar una actuación concertada entre los dos fiscales.

Sin embargo, la coincidencia de denuncias de presunto acoso sexual contra funcionarios con autoridad jerárquica dentro del mismo distrito fiscal plantea una preocupación legítima sobre los mecanismos de prevención, supervisión y protección de las trabajadoras de la institución.

La Unidad de Investigación de Diario Prensa Regional continuará siguiendo ambos procedimientos, respetando la presunción de inocencia de los investigados, el derecho de defensa y la estricta reserva de identidad de las trabajadoras denunciantes.

ANC ordena apartar fiscales por denuncias de acoso sexual – 2 Suspensiones scaled La Prensa Regional
Primeras páginas y extracto de las partes resolutivas de las resoluciones de la ANC-MP.

SITRAMINP DIO LA CARA FRENTE A FISCALES DENUNCIADOS

El Sindicato de Trabajadores del Ministerio Público de Ilo (SITRAMINP) desempeñó un papel determinante en la denuncia y el acompañamiento de trabajadoras que señalaron a dos fiscales provinciales por presuntos actos de acoso sexual. Lejos de limitarse a expresar solidaridad, su secretaria general, Rocío Elizabeth Canavire Valdivia, intervino ante las autoridades, respaldó a las denunciantes y exigió investigaciones objetivas e imparciales frente a magistrados que ejercían autoridad sobre el personal de sus despachos.

Su intervención está documentada en las propias resoluciones de la Autoridad Nacional de Control (ANC). Canavire figura como quejosa en el procedimiento disciplinario contra Carlos Alberto Vicuña Simeón, mientras que en el caso de Douglas José Bravo Lazarte aparece como testigo, tras recibir y orientar a una trabajadora que acudió al sindicato en busca de protección y respaldo. La documentación también registra el uso de un correo sindical como canal de notificación.

El 19 de junio de 2026, Diario Prensa Regional hizo públicas las declaraciones de la dirigente sindical, quien confirmó las denuncias contra ambos fiscales y reclamó que las investigaciones avanzaran con independencia, respetando la reserva de las agraviadas y el debido proceso.

El Sindicato así garantiza que ningún trabajador deba enfrentar en soledad una denuncia contra quien ejerce poder sobre su situación laboral.

ANC ordena apartar fiscales por denuncias de acoso sexual – 3 Rocio Canavire scaled La Prensa Regional
Rocío Canavire.

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