La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional dispuso, de oficio, el cese de la medida de comparecencia con restricciones aplicada al expresidente Martín Vizcarra, quien enfrenta un proceso penal por el presunto delito de cohecho pasivo propio en agravio del Estado.
En consecuencia, el recurso de apelación presentado por su defensa fue declarado fundado, reemplazándose la medida por una comparecencia simple.
El tribunal argumentó que, tras la entrada en vigencia de la Ley 32130, la comparecencia con restricciones está limitada a un plazo máximo de 36 meses.
En el caso de Vizcarra Cornejo, dicho plazo ya fue superado, dado que han transcurrido 45 meses desde la imposición de la medida en marzo de 2021.
Asimismo, la sala enfatizó que, según lo estipulado por el Tribunal Supremo, ninguna medida restrictiva puede ser indefinida, especialmente cuando implica la limitación de derechos fundamentales.