Desobedecer indicaciones médicas durante el descanso puede terminar en despido

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POR: MGS. JAVIER H. ASCUÑA CHAVERA

Generalmente, muchos trabajadores hacen mal uso de los descansos médicos, considerándolos muchas veces como un día libre para realizar sus actividades personales, contraviniendo las indicaciones del médico tratante que expidió el descanso médico y recomendó guardar reposo.

Ante la normalidad de estos casos, recientemente, en un pronunciamiento, la Corte Suprema, mediante la Casación Laboral N.° 29164-2024-Junín, que es materia del presente comentario, analizó el despido de un trabajador del régimen laboral de la actividad privada que, durante su descanso médico, incumplió la recomendación del médico de guardar reposo, así como lo dispuesto en el reglamento interno de trabajo de la empresa sobre estos casos. Por ello, el trabajador demandó su reposición alegando un despido fraudulento y, de forma subordinada, un despido lesivo de sus derechos fundamentales.

La empresa interpuso un recurso de casación, argumentando que el trabajador había incumplido obligaciones esenciales del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

Al resolver, la Corte Suprema precisó que el cumplimiento de las obligaciones laborales incluye el respeto de las normas legales y de las disposiciones internas del empleador, y que la buena fe laboral también alcanza al periodo de descanso médico, especialmente conforme al artículo 25 de la norma antes mencionada, que considera como falta grave la infracción de los deberes esenciales del contrato de trabajo cuando hace irrazonable la continuidad del vínculo. Su literal a) tipifica como falta grave el incumplimiento de obligaciones que implique el quebrantamiento de la buena fe laboral o la inobservancia grave del reglamento interno de trabajo.

En su pronunciamiento, la Corte Suprema determinó que un trabajador puede ser despedido por falta grave si, durante un descanso médico, no acata las indicaciones del médico tratante, pero con la condición de que así esté dispuesto en el reglamento interno de trabajo de la empresa, que obligue al trabajador a respetar esas disposiciones.

El máximo tribunal estableció el criterio de que esa conducta rompe la buena fe laboral y hace inviable la continuidad del vínculo de trabajo.

El punto determinante para esta decisión fue el reglamento interno de trabajo de la empresa, que señalaba la obligación del personal de cumplir las normas administrativas sobre descansos médicos, por lo que debía acatar las indicaciones del médico tratante.

La Corte concluyó que la empresa demostró tanto el incumplimiento de las obligaciones del trabajador como la vulneración del reglamento interno, por lo que el despido resultó justificado.

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