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Veda del choro de mar del 2 al 30 de noviembre

El Ministerio de Producción (Produce) ha dispuesto la veda del Choro de mar, desde el 2 hasta el 30 de noviembre, quedando prohibida cualquier actividad extractiva que involucre el recurso, transporte, comercialización y almacenamiento.

Mediante la Resolución Ministerial N.º 00357-2021-PRODUCE, publicada el último lunes 1 de noviembre, se permitirá el transporte, comercialización y almacenamiento excepcionalmente cuando con documentación indubitable y de fecha cierta se demuestre que el choro de mar fue extraído antes de la disposición de la veda.

El Instituto del Mar del Perú (Imarpe), se ocupará de monitorear y dar seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso hidrobiológico choro, debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de manejo pesquero que resulten necesarias.

Produce, será incisivo en velar por el cumplimiento de la norma, sancionando de acuerdo a la Ley General de Pesca, a quienes incumplan su disposición.

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