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22 noviembre, 2024 2:33 pm

Sentencian por el delito de peculado doloso al gobernador regional de Moquegua Jaime Rodríguez Villanueva

La condena contempla 3 años y 6 meses de pena privativa de la libertad en calidad de suspendida, inhabilitación por 3 años para ocupar cargos públicos, también l pago de 866 mil 873.03 soles, por concepto de reparación civil.

Ayer lunes el Poder Judicial condenó al gobernador regional de Moquegua Jaime Alberto Rodríguez Villanueva (Jamocho), como autor del delito contra la administración pública en la modalidad de peculado doloso en agravio del Estado, representado por la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción, en el caso del Programa de Apoyo Alimentario Regional (PAAR).

LA CONDENA

Se le impone 3 años y 6 meses de pena privativa de la libertad, así como la inhabilitación para ocupar cargos públicos por el plazo de 3 años, conforme al Art. 36 incisos 1 y 2 del Código Penal con el carácter de suspendida en su ejecución por el plazo de 2 años.

Además de reglas de conducta, como no ausentarse del lugar de su residencia, ni variar de domicilio sin autorización previa del Juzgado. Comparecer en el local del Juzgado de ejecución el primer día hábil cada 2 meses  a fin de informar y justificar sus actividades.

Reparar el daño ocasionado mediante el pago íntegro de la reparación civil. En caso de incumplimiento de algunas de las reglas de conducta señaladas o la comisión de nuevo delito doloso, especialmente de la misma naturaleza, dará lugar a la aplicación de lo previsto en el Art. 59 del Código Pena. Se efectivizará la pena dictada por este despacho, una vez que designe la presente sentencia conforme lo establece el Art. 402.1 del Código Procesal Penal.

Se dispone fijar por concepto de reparación civil la suma de 866,873.03 soles a favor de la parte agraviada.

SOBRE COLUSIÓN

Se declara a Jaime Alberto Rodríguez Villanueva, absuelto de los cargos formulados por el delito contra la administración pública en la modalidad de colusión en agravio del Estado, representado por la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción.

Se dispone, que no se corresponde fijar costas. Una vez consentida o ejecutoriada la presente se cursen las comunicaciones respectivas al registro distrital y censal de condenas y demás órganos que por ley correspondan tomar conocimiento de esta decisión judicial para los fines permitentes.

NO ASISTIÓ JAMOCHO

Hay que indicar que tanto Jaime Rodríguez Villanueva y su defensa no asistieron a la audiencia de lectura de sentencia, ordenándose que sean notificados.

El caso se remonta a marzo del 2007, cuando Rodríguez Villanueva creó el PAAR con el fin de brindar asistencia alimentaria proveniente de la pesca de anchoveta, a las poblaciones de bajos recursos económicos de las zonas alto andinas de Moquegua.

Para ello, se contempló un aporte del 5% por parte de los agremiados a la pesca artesanal del puerto de Ilo. Durante el juicio, los fiscales anticorrupción revelaron los intereses de Rodríguez Villanueva para favorecer a la empresa Promasa, de propiedad de Luis Rolando Rodríguez Villanueva, hermano del gobernador regional, ya que se designó a dicha empresa como la única receptora del 5% de la cuota de pesca de anchoveta de los pescadores artesanales.

El juez Víctor Mauricio Hernani Neyra Zevallos, titular del Primer Juzgado Unipersonal de Mariscal Nieto, presidió la audiencia.  El Fiscal Jesús Rojas Hurtado, determinará si apelará la resolución judicial.

Análisis & Opinión