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Prorrogan curso de actualización para conductores del servicio de transporte terrestre

Será implementado a partir del 2025 y de manera progresiva.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones oficializó la prórroga del Curso de Actualización de la Normativa de Transporte y Tránsito Terrestre que se anunció el 26 de agosto con la finalidad de contar con conductores efectivamente capacitados en la prestación del servicio. Se ha aprobado un nuevo cronograma para el cumplimiento del mencionado curso a partir del 1 de enero del 2025.

A través del Decreto Supremo N° 013-2023-MTC, publicado el 31 de agosto, en el diario oficial El Peruano, el MTC establece que el curso de actualización será obligatorio a partir del año 2025, de manera progresiva, a quienes brinden el servicio de transporte terrestre (excepto el de mototaxis, que comprende otros cursos).

El primer grupo, que deberá demostrar haber realizado el Curso, está constituido por los conductores del servicio de transporte internacional y especial de personas (taxi, turístico, estudiantes, trabajadores y social). Para ellos la exigencia iniciará el 1 de enero de 2025. El segundo grupo, lo forman los conductores del servicio de transporte regular de personas, a quienes se les exigirá el cumplimiento del curso desde el 1 de marzo de 2025.

El tercer grupo está integrado por los conductores de transporte de mercancías especiales, que deberán cumplir con la exigencia del curso desde el 1 de mayo de 2025; mientras que, el cuarto y último grupo es el de los conductores del servicio de transporte de mercancías en general, a quienes se les exigirá el curso desde el 1 de julio de 2025.

Es preciso indicar que esta prórroga permitirá evaluar los cambios necesarios al curso de actualización para generar incentivos que comprometan a los conductores a brindar un servicio de calidad.

IMPORTANTE

Las actas de control que se hayan levantado desde el 1 de julio del presente año hasta la fecha de publicación del presente Decreto Supremo, por el presunto incumplimiento de la exigencia de realizar el Curso, únicamente tienen carácter orientativo (no sancionador).

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