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Multan al GORE Moquegua por no cumplir norma que favorecía a la educación y deporte

La actual administración regional que encabeza Zenón Cuevas Pare, contravenía el mandato judicial que disponía se cumpla con la Ordenanza Regional N° 017-2014-CR/GRM que destinaba fondos de los alquileres de Plaza Vea (Urbi Propiedades) para la juventud estudiosa y deportista de Moquegua, inclusive apelando los fallos para no cumplir con el propósito primigenio de la norma regional.

Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ratificó multar al Gobierno Regional Moquegua, por incumplir las sentencias que ordenaban crear el Fondo Regional de Apoyo Económico y Social para los estudiantes que demuestren alto rendimiento académico y deportivo y representen a la Región Moquegua en competencias oficiales en el ámbito nacional e internacional.

Como se sabe, la actual administración regional que encabeza Zenón Cuevas Pare, contravenía el mandato judicial que disponía se cumpla con la Ordenanza Regional N° 017-2014-CR/GRM que destinaba fondos de los alquileres de Plaza Vea (Urbi Propiedades) para la juventud estudiosa y deportista de Moquegua, inclusive apelando los fallos para no cumplir con el propósito primigenio de la norma regional.

En ese sentido, la Sala Mixta mediante Resolución N° 02 del dieciocho de enero del dos mis veintidós, resolvió confirmar la resolución número veintitrés del dieciséis de noviembre de los dos mil veintiunos, de fojas cuarenta a cuarenta y dos del Cuaderno Digital, que resolvió imponer al Gobierno Regional de Moquegua multa ascendente a (10) Diez Unidades de Referencia Procesal, por incumplimiento de mandato judicial.

El monto alcanza los S/ 4,600.00 soles y los magistrados han reiterado que, la Ordenanza Regional N° 017-2014-CR/GRM no afecta el principio de legalidad, por el contrario, y que el mismo Gobierno Regional de Moquegua viene infringiéndola, puesto que, otorga un destino específico a los recursos directamente recaudados por la demandada, provenientes del alquiler con Urbi Propiedades (Plaza Vea); y, el mandato con calidad de cosa juzgada materia de autos no constituye una obligación de dar suma de dinero, sino una obligación de hacer, por lo que, no corresponde aplicar el artículo 46° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27584, Ley que regula e l Proceso Contencioso Administrativo, aprobado por Decreto Supremo N° 011 -2019-JUS, ni la Ley N° 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales.

Cabe señalar que fue el ciudadano Edwin Ower Mendoza Manchego quien en el año 2020 presentó la demanda (Expediente: 000141-2020-68-2801-JR-CI-01) así, mediante Resolución número diecisiete del siete de julio del dos mil veintiuno, de fojas veinticuatro a veintiséis del Cuaderno Digital, se declaró ejecutoriada la Sentencia (Resolución número seis), y se requirió al Gobierno Regional de Moquegua dar cumplimiento a lo dispuesto en los dos primeros puntos resolutivos de la Ordenanza Regional N° 017- 2014-CR/GRM del veintinueve de diciembre del dos mil catorce, concediéndole para el efecto el plazo de cinco días de notificado, situación que tampoco cumplió la administración de Cuevas Pare y en ese entonces se le impuso una primera multa de cinco (05) Unidades de Referencia Procesal.

POSTERGABAN A TALENTOS MOQUEGUANOS

La Ordenanza Regional N° 017-2014-CR/GRM fue creada las postrimerías de la gestión de Martín Vizcarra Cornejo, y fue publicada recién dos años después, por la administración de Jaime Rodríguez Villanueva. Es decir, en el 2016 recién se hizo oficial y se debió ejecutar, pero tampoco se cumplió.

La misma situación ocurrió con el actual gobernador regional Zenón Cuevas Pare, que, a pesar de sus promesas de campaña para apoyar el desarrollo de la educación, a los estudiantes destacados, la juventud y deporte, tampoco le interesó ejecutar esta ordenanza. Tal fue el desinterés de la actual gestión regional del FIRME, que el doce de enero del 2021, a través de la Procuraduría Regional que jefatura José Vergaray, apeló la sentencia en primera instancia (Resolución 06), que posteriormente fue rechazado el Poder Judicial.

La gestión de Zenón Cuevas no tenía intenciones de cumplir con la ley y con la juventud moqueguana, destinando los dineros que genera el alquiler a Plaza Vea para la educación, deporte y cultura como lo indica la Ordenanza Regional Nro. 017- 2014-CR/GRM.

EL FONDO

El Fondo Regional de Apoyo Económico y Social del Gobierno Regional de Moquegua fue creado para los estudiantes que demuestren alto rendimiento académico y deportivo y representen a la Región Moquegua en competencias oficiales en el ámbito nacional e internacional, cuyo financiamiento es de los recursos generados del alquiler de Plaza Vea (US$ 8.00) el metro cuadrado cuyo destino a ser priorizado será para los estudiantes que demuestren Alto Rendimiento Académico y Deportivo, asimismo, para fines de apoyo al desarrollo económico y social de esta región.

Los magistrados del Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Mariscal Nieto, sostienen que la Ordenanza Regional Nro. 017- 2014-CR/GRM no se encuentra sujeta a controversia compleja, pues su contenido no resulta cuestionable no genera complejidad, y es de ineludible cumplimiento por cuanto se trata de una ordenanza regional que tiene rango de ley y debe cumplirse.

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