El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el nuevo apéndice III del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y excluyó a los combustibles hasta finales de junio de este año.
La medida se dispuso mediante decreto supremo (DS) 068-2022 del MEF, publicado este domingo en el diario El Peruano.
Cabe destacar que el MEF anunció el sábado que desde el Poder Ejecutivo se está tomando la decisión de reducir el pago del ISC a los combustibles hasta en un 90 % mediante un DS que podría ser aprobado esta semana.
Se excluye del nuevo apéndice III del TUO de la Ley del IGV e ISC, aprobado por DS 055-99-EF y normas modificatorias, hasta el 30 de junio del 2022, los bienes contenidos en las siguientes partidas arancelarias: Se establece que la presenta norma puede ser prorrogada por un máximo de seis meses adicionales, previa evaluación de la evolución del precio internacional del petróleo y su incidencia en los precios internos.
En esa línea, el jefe del Gabinete Ministerial Aníbal Torres solicitó a los grifos del país a actuar de conformidad con esta medida de forma inmediata.
«Invocamos a los grifos a que actúen de conformidad con la norma que no pueden utilizar el pretexto de que tiene stock y que todavía se adecuarán a la norma cuando termine su stock», refirió.