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Licencia de funcionamiento ¿para qué?

Por: Edgard Norberto “Beto” Lajo Paredes     

“Las Licencias de Funcionamiento constituyen un componente esencial del marco regulador empresarial. Si los procesos de otorgamiento de licencias son manejados de modo claro y eficiente, estimularán la inversión y brindarán parámetros para el crecimiento empresarial. Lo opuesto también es cierto: si estos procesos son engorrosos y costosos, producirán efectos negativos, una creciente informalidad y una pérdida de rentas a múltiples niveles” (Municipal Scoredard 2007. Midiendo las barreras Burocráticas a Nivel Municipal. Reporte Perú, p. 07).

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

El D.S. Nº 163-2020-PCM Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, dispone: “La licencia de funcionamiento es la autorización que otorgan las municipalidades para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado, en favor del titular de las mismas. Pueden otorgarse licencias que incluyan más de un giro, siempre que estos sean afines o complementarios entre sí. Las municipalidades, mediante ordenanza, para el ámbito de su circunscripción, deben definir los giros afines o complementarios entre sí de acuerdo a lineamientos que para tal fin establezca el Ministerio de la Producción… Las instituciones, establecimientos o dependencias, incluidas las del sector público, que conforme a esta Ley se encuentra exoneradas de la obtención de una licencia de funcionamiento, están obligadas a respetar la zonificación vigente y comunicar a la municipalidad el inicio de sus actividades, debiendo acreditar el cumplimiento de las condiciones de seguridad de la edificación, según el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones” (art. 3).

ASPECTOS Y DEFINICIONES

Los ciudadanos/as, debemos conocer los siguientes conceptos: Compatibilidad de uso: Evaluación que realiza la entidad competente a fin de verificar si el tipo de actividad económica a ser desarrollada resulta o no compatible con la categorización del espacio geográfico establecido en la zonificación vigente. Establecimiento: Inmueble, parte del mismo o instalación determinada con carácter de permanente, en la que se desarrollan las actividades económicas con o sin fines de lucro. Galería comercial: Unidad inmobiliaria que cuenta con bienes y servicios comunes y agrupa establecimientos, módulos o stands en la que se desarrollan actividades económicas similares. No se encuentran incluidos los centros comerciales. Giro: Actividad económica específica de comercio, industria y/o de servicios. Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones ITSE: Actividad mediante la cual se evalúa el riesgo y las condiciones de seguridad de la edificación vinculada con la actividad que desarrolla, se verifica la implementación de las medidas de seguridad con el que cuenta y se analiza la vulnerabilidad.

Mercado de abasto: Local cerrado en cuyo interior se encuentran distribuidos puestos individuales de venta o de prestación de servicios en secciones o giros definidos, dedicados al acopio y expendio de productos alimenticios y otros tradicionales no alimenticios mayoristas y minoristas, incluye los mercados de productores agropecuarios. Módulo o stand: Espacio acondicionado dentro de las galerías comerciales y centros comerciales en el que se realizan actividades económicas y cuya área no supera los100 m2. Puesto: Espacio acondicionado dentro de los mercados de abastos en el que se realizan actividades económicas con un área que no excede los 35 m2 y que no requieren contar con una ITSE antes de la emisión de la licencia de funcionamiento.

Riesgo de Colapso en Edificación: Probabilidad de que ocurra daño en los elementos estructurales de la edificación, debido a su severo deterioro y/o debilitamiento que afecten su resistencia y estabilidad, lo cual produzca pérdida de vidas humanas, daño a la integridad de las personas y/o la destrucción de los bienes que se encuentran en la edificación. Riesgo de Incendio en Edificación: Probabilidad de que ocurra un incendio en una edificación, lo cual produzca pérdida de vidas humanas, daño a la integridad de las personas y/o la destrucción de los bienes que se encuentran en la edificación. Zonificación: Conjunto de normas técnicas urbanísticas por la que se regula el uso del suelo.

RETO CIUDADANO

Conociendo el porqué de la licencia de funcionamiento, van a coadyuvar a tener ciudades ordenadas y seguras, cuidar haya simplificación administrativa (evitar trámites engorrosos) y eliminar las barreras burocráticas ilegales (agregado de requisitos ilegales).

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