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22 noviembre, 2024 4:13 pm

La provisionalidad de la justicia

POR: VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS   

La problemática de la provisionalidad de los jueces y fiscales en el Poder Judicial y Ministerio Público (entiéndase para el caso provisionales, supernumerarios, suplentes) serán una prioridad en la gestión del nuevo presidente de la Junta Nacional de Justicia José Ávila Herrera, quién enfatizó “no es que tengamos un cuestionamiento contra los jueces o los fiscales provisionales, no, y estoy seguro de que hay muy buenos magistrados provisionales, pero el asunto de la provisionalidad tiene que ser el tema central de esta gestión de la JNJ”. Sin embargo, hace dos años cuando asumió esa misma función Aldo Vásquez, manifestó en números redondos: “En el Perú los jueces supernumerarios suman casi el 30% del total y los fiscales provisionales cerca del 40%”. Valgan verdades poco se ha avanzado y con mayor precisión se ha agravado, no obstante que desde el denominado caso “cuellos blancos del Callao”, que propicio reformas constitucionales y oportunidad para que la reforma del sistema de justicia se coloque el centro del debate público.

Un reporte reciente daba cuenta que, en ambas instituciones, el Poder Judicial y el Ministerio Público, los jueces provisionales y supernumerarios ya son mayoría.  En el caso del Poder Judicial, su sala plena está integrada por 10 jueces titulares supremos, no obstante tener tres salas supremas permanentes, cinco salas supremas transitorias, una sala penal especial, agregándose quienes están en funciones administrativas, es decir más de 40 jueces supremos y sólo 10 son titulares. Una traba mayor tiene el Ministerio Público, para el caso de la Junta de Fiscales Supremos, integrada por fiscales supremos titulares, solo dos tiene esa condición Zoraida Ávalos y Pablo Sánchez. El problema es más complejo en las instancias judiciales inferiores. Ejes de respuesta: desinterés por colocar como política pública la administración de justicia, esfuerzos importantes viene realizando a la fecha el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, que sin voluntad política fenecerá en la orilla de la ilusión; gran expectativa despertó la novísima Junta Nacional de Justicia, que inició actividades sobre un sistema paralizado por dos años, con múltiples y complejas funciones encomendadas, no obviar la tarea inmediata de revisar los nombramientos del anterior CNM, en paralelo, las ratificaciones, nombramientos y tanto más; y un tema recurrente es el presupuestal, el gobierno central tiene que entender de la necesidad y urgencia de optimizar, fortalecer el sistema de justicia, disponiendo mayor inyección financiera para romper con esta nebulosa de la “provisionalidad”.

Dos décadas atrás, la Comisión Especial para la Reforma Integral de la Administración de Justicia (CERIAJUS) proponía como meta que el 100% de jueces y fiscales fueran titulares. El 2018, la Comisión Consultiva para la Reforma del Sistema de Justicia presidida Allan Wagner Tizón, recomendaba: concurso público de méritos para seleccionar jueces supernumerarios en el Poder Judicial y fiscales provisionales en el Ministerio Público. Lo que pone en evidencia, una vez más, que es un problema crónico ya convertido en problema estructural.

La provisionalidad es un factor de vulnerabilidad en la independencia y actuación de jueces y fiscales, pueden ser removidos en cualquier momento, su permanencia depende de la buena voluntad del presidente de la corte en que labora, por consiguiente, no tiene estabilidad en el cargo, pues si eres titular existe mayor seguridad de inamovilidad y se puede ejercer la función sin temor o presión alguna. Es cierto que hay muchos provisionales destituidos por corrupción, pero también titulares; conocemos de muchos fiscales o jueces provisionales probos, interiorizados con el sistema de justicia. Claro que la necesidad del servicio sugerirá circunstancialmente autoridades provisionales, pero debe ser la excepción y no la regla.

La norma no establece un tope a la provisionalidad en la magistratura, lo que a permitido un número desproporcionado en esta condición, por no decir distorsionado. Bien lo anota la expresidenta del Tribunal Constitucional Marianela Ledesma “mantener una judicatura donde un número importante de jueces tienen ese estatus implica afianzar un sistema judicial perverso, no solo para los propios jueces, quienes tienen que laborar al filo del abismo, entre la permanencia en el cargo y la imparcialidad de sus decisiones, sino para el simple ciudadano que lo mínimo que espera es un pronunciamiento justo”. La evidencia final es que hay un problema de fondo y es la ausencia de una verdadera carrera judicial.

Análisis & Opinión