Concejo municipal: educación, cultura, deportes y recreación

Por: Edgar Norberto «Beto» Lajo Paredes  

Las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional las siguientes (art. 82 LOM). En esta materia, los Gobiernos Locales, no tienen competencias y funciones específicas exclusivas; ello obliga, a en la Estructura Orgánica (EO) y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de las municipalidades, crear unidades orgánicas de Educación, Cultura, Deportes y Recreación, con competencias y funciones específicas compartidas; sin embargo, las entidades ediles, en sus documentos de gestión (EO, ROF), contemplan unidades orgánicas en cuanto a Educación, Cultura, Deportes y Recreación, con competencias y funciones específicas exclusivas; lo cual va contra lo preceptuado en la LOM, pues, reiteramos, establece competencias y funciones específicas compartidas entre las municipalidades provinciales y distritales con el gobierno regional y el gobierno nacional.

TAREA DEL CONCEJO MUNICIPAL

En este aspecto debe corregirse, mediante ordenanzas municipales, en forma inmediata y definitiva; es tarea de los regidores y regidoras, sobre todo de sus comisiones de educación, cultura, deportes y recreación, en su función de fiscalización, verificar si los documentos de gestión están acordes a la legislación vigente, a la realidad de la jurisdicción y a la visión de desarrollo educativo de su comunidad local.

COMPETENCIAS Y FUNCIONES ESPECÍFICAS COMPARTIDAS

En resumen, son: 1. Promover el desarrollo humano sostenible en el nivel local. 2. Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo de su jurisdicción, en coordinación con la Dirección Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativas. 3. Promover la diversificación curricular, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural, económica, productiva y ecológica. 4. Monitorear la gestión pedagógica y administrativa de las instituciones educativas bajo su jurisdicción, en coordinación con la Dirección Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativas.

  1. Construir, equipar y mantener la infraestructura de los locales educativos de su jurisdicción de acuerdo al Plan de Desarrollo Regional concertado y al presupuesto que se le asigne. 6. Apoyar la creación de redes educativas como expresión de participación y cooperación entre los centros y programas educativos de su jurisdicción. 7. Impulsar y organizar el Consejo Participativo Local de Educación, a fin de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y el control ciudadanos. 8. Apoyar la incorporación y el desarrollo de nuevas tecnologías para el mejoramiento del sistema educativo. 9. Promover, coordinar, ejecutar y evaluar, con los gobiernos regionales, los programas de alfabetización en el marco de las políticas y programas nacionales, de acuerdo con las características socioculturales y lingüísticas de cada localidad.
  2. Fortalecer el espíritu solidario y el trabajo colectivo, orientado hacia el desarrollo de la convivencia social, armoniosa y productiva, a la prevención de desastres naturales y a la seguridad ciudadana. 11. Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados. 12. Promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción, y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identificación, registro, control, conservación y restauración.
  3. Promover la cultura de la prevención mediante la educación para la preservación del ambiente. 14. Promover y administrar parques zoológicos, jardines botánicos, bosques naturales. 15. Fomentar el turismo sostenible. 16. Impulsar una cultura cívica. 17. Promover espacios de participación, educativos y de recreación de adultos mayores. 18. Fomentar el deporte y recreación en la niñez, juventud y vecindario. 19. Promover actividades culturales diversas. 20. Promover la consolidación de una cultura de ciudadanía democrática y fortalecer la identidad cultural de la población campesina, nativa y afroperuana.

¡NADA SE CUMPLE!

A los alcaldes y regidores, no les interesa promover la educación humana, ciudadana y democrática; no les interesa fomentar la cultura artística, musical, de canto, teatro, histórica, etc.; no les interesa propiciar el deporte y actividades recreacionales, en forma masiva incluyendo a las personas de todas las edades y con discapacidad: niños, adolescentes, jóvenes, adultos, adultos mayores.

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