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Incendio en el botadero: Fiscalía inicia investigación por el presunto delito de contaminación ambiental

Fiscal de Prevención del Delito, Manuel Bernedo Danz, formalizó la denuncia contra el Estado, representado por el procurador público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Ambiente, delito contaminación ambiental mediante Disposición Nro. 001-2023, previsto en el Art. 304 del Código Penal.

Con Carpeta Fiscal Nro. 211-2023, el fiscal de Prevención del Delito, Dr. Manuel Bernedo Danz, dispuso de oficio el inició de las diligencias preliminares, por el término de 60 días, por la presunta comisión del delito de contaminación del medio ambiente previsto en el Art. 304 del Código Penal respecto a la emisión de gases tóxicos provocado por un incendio originado en el botadero municipal de Moquegua.

La medida se inicia por la inobservancia de los protocolos, guías u otras normas o reglamentos que regulan las obligaciones de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto (MPMN) respecto al manejo del botadero municipal, encargando la realización de las diligencias preliminares por el lapso de 50 días a la Policía Nacional del Perú Departamento del Medio Ambiente.

El documento dispone, además, recabar copia del informe preliminar y final previsto en la guía para el control de incendios en botaderos de residuos sólidos municipales de la MPMN.

Asimismo, recabar copia del protocolo para la prevención y atención de incendios en botaderos de residuos sólidos municipales de la MPMN.

Recabar informe documentado de la MPMN responsables de operación, vigilancia o cierre del botadero municipal, así como quienes son los responsables de la implementación del protocolo para la prevención y atención de incendios del botadero municipal, debiendo adjuntar copia de los contratos o resoluciones de nombramiento, así como los documentos de gestión que les asigne esas funciones.

De igual manera, recabar el informe de la Compañía de Bomberos de Moquegua, vinculado al incendio del botadero municipal, en el cual se indique las posibles causas del incendio, punto de origen, dificultades en el control del incendio y situaciones que determinaron su propagación, entre otros aspectos útiles a la investigación.

Otra disposición es que, en el lapso de 15 días se obtenga un informe de la Dirección Regional de Salud respecto a las afectaciones respiratorias, cutáneas o cualquier otra vinculada a la emisión de gases tóxicos derivados del incendio del botadero municipal.

También, realizar una inspección técnica pericial en el lugar del incendio una vez sofocado el mismo con la participación de peritos de ingeniería ambiental o carrera a fin, biólogos o especialistas de salud ambiental para establecer la calidad y cantidad del material quemado, la cantidad y calidad de gases tóxicos que se emitieron en la atmosfera.

Finalmente, determinar los posibles daños a la calidad ambiental del aire en la ciudad de Moquegua, así como a las posibles afectaciones a la salud.

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