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22 noviembre, 2024 12:11 pm

Elecciones regionales y municipales

Algunos expertos consideran que el fijar nuevas fechas atenta con la seguridad jurídica porque se pretende cambiar las reglas de juego en un proceso ya iniciado.

POR: ABOGADO CÉSAR MARÍN CÁCERES   

El cronograma de las elecciones Regionales y Municipales establece que el 15 de mayo del presente año se eligen a los delegados de las elecciones regionales y en otros partidos políticos o movimientos regionales se eligen a los candidatos a los gobiernos regionales y las municipalidades provinciales y distritales.

El Congreso de la República el 28 de abril aprobó un proyecto de ley que otorga un plazo excepcional de 2 días para la inscripción de candidatos para las elecciones internas de los gobiernos regionales y municipales, pero aún no ha sido firmado este proyecto por el presidente de la república el cual puede firmar u observar el proyecto de ley, si el presidente lo observa entonces el Congreso podría aprobarlo por insistencia, pero el tiempo se acorta para que se promulgue ese proyecto y mientras tanto ya puede llevarse a cabo las elecciones internas el 15 de mayo.

El Jurado Nacional de Elecciones y la Oficina de Procesos Electorales (ONPE) han manifestado que en caso de promulgarse la ley no lo van a cumplir porque afectaría el cronograma ya fijado para las elecciones del 2 de octubre, que incluso se han enviado a imprimir el material electoral que será utilizado el 15 de mayo para las elecciones internas.

Algunos expertos consideran que el fijar nuevas fechas atenta con la seguridad jurídica porque se pretende cambiar las reglas de juego en un proceso ya iniciado, y que conforme a lo que establece la Ley Orgánica de Elecciones antes de un año se debe emitir las reglas de juego luego ya no procede cambiar los cronogramas establecidos.

Lo que sucede, es que hay varios partidos políticos y movimientos regionales que no tienen candidatos tanto para los gobiernos regionales; las municipalidades provinciales y distritales  y están esperando que se convierta en ley y con ese plazo excepcional  de 2 días  sí podrían incluir más candidatos tanto para los gobiernos regionales como para las municipalidades en todo caso habría que esperar que sucede en estos días si el presidente Pedro Castillo lo promulga o  el Congreso lo aprueba por insistencia y envía al Diario Oficial “El Peruano” para que publique la ley, de ser aprobado el proyecto de ley después del 15 de mayo consideramos que esa ley  ya no podría tener efectos, porque en materia electoral los plazos son preclusorios, es decir, que pasado una etapa ya no se puede retroceder.

Análisis & Opinión