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Elecciones internas complementarias

POR: ABOG. CÉSAR MARÍN CÁCERES    

Las elecciones internas complementarias han surgido, a raíz de que el Congreso de la República ha aprobado la ley 31481 por insistencia, ya que el presidente Pedro Castillo no ha observado el proyecto de ley que ampliaba por 2 días la inscripción de precandidatos a las elecciones internas y ha dejado pasar los 15 días hábiles sin pronunciarse.

Lo que sucede es que la norma ha salido publicada el 25 de mayo, después que se han llevado las elecciones internas de los precandidatos, tanto a los municipios como a los gobiernos regionales del día 15 de mayo y del 22 de mayo, en donde se han elegido por los afiliados a los delegados y el 22 los delegados han elegido a los candidatos. Una vez elegidos los candidatos en las elecciones internas del 15 y 22 de mayo ya no procedería la ampliación porque esta ley 31481 no tiene efectos retroactivos.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ratificó por acuerdo de su pleno de cinco magistrados, que son nulas las elecciones internas de los partidos y movimientos que se realicen  fuera del plazo establecido y ha sacado un comunicado en la que ha decidido no aplicar la ley por cuanto los plazos son preclusorios en materia electoral, una etapa que pasa ya no se puede repetir, más aún cuando la Ley General de Elecciones señala que dentro de un año de la fecha de las elecciones no se puede variar la normatividad.

Las elecciones internas complementarias que han llevado a cabo los partidos políticos Alianza para el Progreso, Perú Libre  y Somos Perú  se han realizado a cabo  para de esa manera incluir candidatos a los municipio y gobiernos regionales en donde no tenían candidatos porque el tiempo para inscribirlos se había vencido y querían de esta manera tener candidatos, pero como vemos estas elecciones internas serían anuladas, sobre todo porque  en estas elecciones internas complementarias no han participado los entes electorales y la ley establece  que deben participar en las elecciones internas

En consecuencia, al inaplicarse por parte del JNE la ley 31481 que ampliaba el plazo para inscribir nuevos candidatos para las elecciones internas, solo los candidatos que han sido elegidos en las elecciones internas del 15 y 22 de mayo podrán inscribir sus candidaturas hasta el 14 de junio en los Jurados Electorales Especiales.

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