Defensoría plantea reorganizar fiscalías y profesionalizar investigaciones por lavado de activos

Una absolución tardía restablece formalmente la inocencia, pero no recupera automáticamente la empresa cerrada, el patrimonio depreciado ni las oportunidades perdidas.

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POR: DR. JAIME CALLALLA MAMANI

El Informe Defensorial N.º 286, publicado el 5 de agosto de 2026, propone reorganizar la actuación del Ministerio Público y profesionalizar la investigación policial porque identifica un sistema que inicia numerosas investigaciones por lavado de activos, pero presenta demoras periciales, fragmentación institucional, medidas patrimoniales prolongadas y una reducida capacidad para obtener decisiones definitivas oportunas. Estas deficiencias están ocasionando daños irreversibles a empresarios, trabajadores y familias antes de que exista sentencia.

MÁS DE 6 MIL CARPETAS Y 234 CONDENAS

Entre 2019 y 2025, el Ministerio Público registró 6 616 carpetas fiscales por lavado de activos: 5 633 en el subsistema especializado, 589 en criminalidad organizada y 394 en corrupción de funcionarios. Durante ese periodo se reportaron 234 sentencias condenatorias, equivalentes al 3,54 % del número de carpetas abiertas.

La Policía Nacional informó, además, que, de 394 carpetas examinadas en 2026, 302 continuaban en trámite y 92 tenían el plazo vencido. De estas últimas, 14 habían sido remitidas a la Fiscalía sin conocerse su pronunciamiento y en 78 se solicitó ampliación, principalmente para obtener pericias de la Oficina de Pericias Contables. Esto revela que una investigación altamente costosa continúa dependiendo de análisis pericial insuficiente.

CONGELAMIENTOS QUE AFECTAN A PERSONAS Y EMPRESAS

El problema se agrava cuando existen medidas restrictivas. Entre 2012 y 2025, la UIF dispuso congelamientos que afectaron a 1 456 personas, de las cuales 1 100 fueron personas naturales —76 %— y 356 personas jurídicas —24 %—. Para una empresa, el congelamiento significa pérdidas de capital de trabajo, imposibilidad de pagar remuneraciones y proveedores, ruptura de cadenas comerciales, cierre del crédito y destrucción reputacional. Por tanto, el perjuicio no recae solamente sobre el investigado; también alcanza a sus trabajadores, socios, acreedores y familias.

El informe analizó también 12 sentencias absolutorias cuyos procesos duraron entre 10 y 24 años, con un promedio aproximado de 17 años. El caso más grave superó los 288 meses. Una absolución tan tardía restablece formalmente la inocencia, pero no recupera automáticamente la empresa cerrada, el patrimonio depreciado, las oportunidades laborales perdidas ni la reputación familiar.

REORGANIZAR LA INVESTIGACIÓN FISCAL

Por estas razones, se propone reorganizar el Ministerio Público mediante protocolos uniformes, dirección efectiva del coordinador del subsistema, control temprano de tipicidad, revisión periódica de congelamientos, embargos e incautaciones, acceso oportuno a la carpeta fiscal y priorización de casos que comprometan la única fuente de ingresos empresarial.

También se recomienda profesionalizar la investigación policial incorporando contadores, economistas, especialistas financieros y analistas de datos para agilizar las pericias contables, delimitar la actividad criminal precedente y distinguir claramente entre hechos, inferencias e hipótesis. La finalidad no es impedir investigaciones legítimas, sino evitar que sospechas genéricas, perfiles económicos o pericias tardías conviertan el proceso penal en una sanción anticipada contra empresarios y familias que todavía conservan la presunción de inocencia.

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