POR: ABG. LUIS MIGUEL CAYA SALAZAR
La décima disposición complementaria final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece mecanismos para recuperar el presupuesto que no fue ejecutado por los gobiernos regionales y gobiernos locales en el año 2018.
Es el caso del Gobierno Regional de Moquegua, que en el año 2018 retornó al fisco un monto superior a los 44 millones de soles de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, que no fueron devengados y consecuentemente girados el año anterior.
Sin embargo, con la finalidad de garantizar la continuidad de inversiones y consecuentemente la finalización de distintos proyectos en la Región Moquegua la Oficina Regional de planeamiento y Presupuesto deberá de tomar las previsiones necesarias para realizar el trámite correspondiente estipulado en la décima disposición complementaria final de la Ley Nº 30879
Al respecto la décima disposición complementaria final de la Ley Nº 30879 señala que “Para garantizar, en el año 2019 la continuidad de las inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho sistema, , a cargo de los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, autorízase al Poder Ejecutivo para incorporar en dichas entidades los créditos presupuestarios de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de 2018, para ejecutar dichas intervenciones.
El compromiso se determina en función al registro en el SIAF y de los contratos derivados del procedimiento de selección en el ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado registrados al 31 de diciembre de 2018, en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), que remita formalmente el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE)”.
En este contexto, consideramos que si es posible que el Gobierno Regional de Moquegua pueda incorporar los créditos presupuestarios de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios (más de 44 millones de soles) que fueron retornados al fisco en el año 2018.
¿Qué se necesita hacer para que el Gobierno Regional de Moquegua recupere los más de 44 millones de soles?
Simplemente que la Oficina Regional de Planeamiento y Presupuesto realice las coordinaciones necesarias con el Ministerio de Economía y Finanzas, emita el oficio correspondiente e incorpore los formatos establecidos por el MEF en los que deberá de señalar los proyectos que se espera culminar en el presente año.
Finalmente es necesario señalar que en la misma décima disposición complementaria final de la Ley Nº 30879, se ha creado el “Fondo para la continuidad de las inversiones” a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, para el financiamiento de lo establecido en los numerales 1 y 3 de la presente disposición, según corresponda.
Dicho Fondo se constituye en el pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 1 946 000 000,00 (MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 SOLES), de los cuales hasta por la suma de S/ 600 000 000,00 (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES) corresponden a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, y S/ 1 346 000 000,00 (MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 SOLES), corresponden a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.
Frente a este panorama se ha remitido al Gerente General del Gobierno Regional de Moquegua el OFICIO N° 028-2019- GRM/CR/CD/LMCS, en el que exhortamos al Ejecutivo Regional tomar las previsiones necesarias para garantizar la continuidad de las inversiones y se proceda conforme a la décima disposición complementaria final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y se proceda a la incorporación de los más de 44 millones de soles por la fuente de Recursos Ordinarios, que no fueron ejecutados por la anterior gestión.