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19 mayo, 2025 6:29 pm

Jóvenes: prepárense para la acción municipal

POR: EDGARD NORBERTO “BETO” LAJO PAREDES     

Se ha publicado la Ley N° 32330, ley que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635, y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, Decreto Legislativo 1348, para incorporar a los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables dentro del sistema penal (El Peruano: 10/5/25).

La referida norma establece la responsabilidad penal ordinaria propia para adultos; ahora se la aplicará a los jóvenes de 16 y 17 años de edad, en los ilícitos penales: Delitos contra la Vida, el Cuerpo y la Salud (homicidio simple, aborto, lesiones); Delitos contra la Dignidad Humana (trata de personas, explotación); Delitos contra la Familia (participación en pandillaje pernicioso); Delitos contra la Libertad (secuestro, violación de la libertad sexual, proxenetismo); Delitos contra el Patrimonio (robo, extorsión); Delitos contra la Seguridad Pública (peligro común, contra los medios de transporte, comunicación y otros servicios públicos, tráfico ilícito de drogas, contra el orden migratorio); Delitos contra la Tranquilidad Pública (delitos contra la paz pública); Delitos contra el Estado y la Defensa Nacional (atentados contra la seguridad nacional y traición a la patria); y delitos de terrorismo (Ley 25475, que establece la penalidad para los delitos de terrorismo y los procedimientos para la investigación, la instrucción y el juicio).

Esta Ley 32330 viene provocando un desgastante debate entre Poderes del Estado y órganos constitucionalmente autónomos; del Ministerio Público ha habido una declaración de cuestionamiento; el Poder Judicial ha anunciado que no la va a aplicar, en base al control difuso de la Constitución, pues considera que transgrede la Carta Magna; el Defensor del Pueblo ha interpuesto acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

En tanto, la inseguridad ciudadana continúa incrementándose. El Poder Legislativo, equivocadamente, cree que con leyes va a solucionar dicho problema, cuando más bien lo agrava; y el Poder Ejecutivo, su única propuesta es construir más cárceles.

Por otro lado, no se atiende a los jóvenes, no se les brinda una buena educación ni oportunidades de trabajo. Según el INEI, hay en nuestro país un millón y medio de “ninis”, son aquellos que ni trabajan ni estudian; este problema sigue sin solución. A los jóvenes hay que incorporarlos a la condición de sujetos de atención del Estado en los tres niveles de gobierno y en los tres poderes del Estado, empezando por las municipalidades, dando cabal cumplimiento a lo dispuesto en el subnumeral 2.9 del numeral 2 del artículo 84 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que textualmente dice:

“Promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del gobierno local”.

En base al precepto citado y a la Ley N° 29337, ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva, crear en los gobiernos locales, mediante ordenanza municipal, el Programa Competitividad Productiva Jóvenes Emprendedores, a fin de promocionarlos institucionalmente y apoyarlos financieramente, a los vecinos de 18 a 29 años de edad que ejercen una actividad económica y tengan un proyecto empresarial. A los regidores de la cuota juvenil les corresponde impulsar estas propuestas. Jóvenes, prepárense para la acción municipal.

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