23.5 C
Moquegua
23.5 C
Ilo
4.2 C
Omate
21 C
Arequipa
20 C
Mollendo
22 noviembre, 2024 3:44 pm

Congresista fujimorista Mario Mantilla figura en relación de inhabilitados por el Colegio de Abogados de Moquegua

Se da cuenta a la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Ministerio Público, gobierno regional y gobiernos locales y autoridades.

Conocidos abogados de la localidad, figuran en la última relación de inhabilitados del Ilustre Colegios de Abogados de Moquegua (ICAM), donde resaltan los nombres del congresista fujimorista Mario Fidel Mantilla Medina y el servidor del Ministerio Público Zoilo Paul López del Carpio.

Así se desprende de la resolución de Junta Directiva N° 003-2018-JD/ICAM, de fecha 20 de agosto y dada a conocer el martes 21 de los corrientes que lleva la firma del abogado Víctor Cornejo Rodríguez, decano del ICAM, donde se sanciona a 32 profesionales del derecho.

En los considerandos señala que, conforme al Art. N° 18 Dispone que: Será Inhabilitado el miembro de la orden, que deje de pagar sus cotizaciones por el periodo (01) trimestre, quienes serán considerados como miembros ordinarios pasivos de la orden e impedidos de ejercer la abogacía por disposición legal o estatutaria.

Además, el Art. N° 82.- Señala que: Los miembros que dejaran de pagar tres (03) cuotas mensuales sociales, serán pasibles de sanción de inhabilitación en el ejercicio profesional, para lo cual se le requerirá previamente mediante comunicación personal que será publicada en el periódico mural para que en el término de cinco (05) días hábiles cumpla con el pago.

Vencido este término, si la mora persiste, se aplicará la sanción de inhabilitación, que se hará conocer a la Corte Superior de Justicia y a las Autoridades en general. La Suspensión quedará sin efecto, una vez que el asociado cumpla con el pago de su deuda e intereses correspondientes, incluido el mes que se realiza el pago. Quedan incursos en esta disposición, los miembros que no abonares las demás obligaciones pecuniarias creadas por la Ley o por los Órganos competentes del Colegio.

Asimismo, teniendo en cuenta que se ha notificado debidamente, conforme lo estatuye la normatividad antes mencionada, pese a ello algunos de los miembros no han cumplido con ejecutar el pago de las cuotas sociales; por lo que;

SE RESUELVE

ARTICULO UNICO: INHABILITAR, a los miembros de la orden, cuya relación es parte anexa del presente, dando cuenta a la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Ministerio Público, gobierno regional y gobiernos locales y autoridades.

  1. Yonhson Germán Ramos Choque
  2. Karina Eleana Carbajal Aparicio
  3. Zoilo Paúl López del Carpio
  4. Paulo Humberto Conde Ramos
  5. Nelly Lourdes Cayo Cabrera
  6. Germán Valdez Meneses
  7. Víctor David Cuellar Salas
  8. Raúl Santiago Oxacopa Quispe
  9. Jeny Bacilia Romero Arce
  10. María Isabel Gómez Mamani
  11. Julia Mamani Tapia
  12. Carmen Jacinta Tala Ticona
  13. Rosa del Pilar Rojas Zegarra
  14. Guillermo Norberto Irigoyen Maldonado
  15. Eduardo Daniel Tumba Quispe
  16. Candida Esther Becerra Flores
  17. Piedad Luisa Chávez Mita
  18. Avelino Guido Reinoso Chávez
  19. Griomalda Flavia Cáceres Coayla
  20. Sandra Udamar Bernales Saira
  21. Claudio Raúl Hinojosa Salazar
  22. Félix Balois Herrera Córdova
  23. José Manuel Manrique Pinto
  24. Dante Efraín Sagua Anchapuri
  25. Cecilia Adela Hurtado Cuéllar
  26. Justo Hernán Revilla Bendezú
  27. Jorge Ricardo Guerrero Chávez
  28. Alberto Walter Ampuero Vásquez
  29. Hellen Emma Dance Aguilar
  30. Mario Fidel Mantilla Medina
  31. Jesús Marcelino Cabrera Mendoza
  32. Ignacio Juan Cueva Quispe

Análisis & Opinión