Luego de conocer que un sujeto hizo tocamientos indebidos a su propia sobrina F.C.P. de 9 años de edad, dos familiares se armaron de valor y lo denunciaron de haber hecho lo mismo cuando tenían 5 y 8 años de edad.
Ante este hecho, el agresor identificado como Christiams W.P.B. (44), fue investigado por la presunta comisión del delito contra la indemnidad sexual en la modalidad de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos, actos contra el pudor en agravio de su prima M.C.P (35) (8 años en ese entonces) y sobrina L.T.N. (33) (5 años en ese entonces).
Lo lamentable de este hecho, es que luego de haberse efectuado las pesquisas, de ser sometidas a las respectivas evaluaciones como cámara Gesell, entrevista con el psicólogo, entre otros, el fiscal adjunto Juan Álvarez Loayza de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Ilo, dispuso de oficio la “prescripción ordinaria de la acción penal” por la comisión de la infracción a la Ley Penal Contra la Indemnidad Sexual en la modalidad de actos contra el pudor.
EL HECHO
M.C.P (35), dio a conocer en su denuncia que cuando tenía aproximadamente 8 años, el investigado, en ese entonces con 16 o 17 años, quien es su primo, la agredió sexualmente en el segundo piso de la casa de su abuelo durante las vacaciones.
Mientras que L.T.N. (33), señaló que cuando tenía 5 años, el agresor, quien es su tío, cuando tenía 15 o 16 años, le hizo tocamientos indebidos.
Estos repudiables hechos no fueron denunciados por las menores en su momento por temor, sin embargo, en el 2020 una sobrina cuando tenía 9 años de edad, denunció que el investigado también la habría ultrajado sexualmente, haciéndole tocamientos indebidos cuando la invitaba a su cuarto con el pretexto de ver películas.
Al tener conocimiento, M.C.P (35) y L.T.N. (33), decidieron ya no seguir calladas y denunciar a su familiar para que, según ellas, ya no siga cometiendo este tipo de ilícitos contra menores de edad.
EVALUACIÓN DE PSICÓLOGO SEÑALA QUE DICEN LA VERDAD
El psicólogo que las evaluó en su informe da cuenta que las denunciantes no mienten y han dicho la verdad y que se han visto afectadas emocionalmente en su vida personal. Este informe que prueba que, si hubo violencia, no lo habría tomado en cuenta el fiscal, desconociéndose los motivos.
FISCAL QUE LLEVÓ CASO, NO QUISO SEGUIR INVESTIGANDO
El abogado de oficio de las denunciantes, Wilbert Málaga García Calderón, solicitó a la fiscal del Tercer Despacho de Investigación de la Fiscalía Corporativa de Ilo Dra. Susali Lucana Mori, quien llevaba el caso, para que proceda con la Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria, sin embargo, hizo caso omiso al pedido, incluso lo archivó en un primer momento.
Tras presentar una apelación, el fiscal superior ordenó que se siga con la investigación. Al retomar el caso, la Dra. Susali Lucana Mori, se limitó a realizar algunas diligencias ordenadas y finalmente optó por enviarlo al fiscal de Familia.
FISCAL OPTÓ POR LO MÁS FÁCIL
El fiscal adjunto de Familia Juan Álvarez Loayza, sostiene que como los hechos se suscitaron en los años 1992 y 1994, “en esa época”, el plazo de prescripción ordinaria operaba a los 2 años, el mismo que se cumplió inexorablemente en junio del año 1995 y en diciembre de 1996.
Según las denunciantes, el fiscal determinó por lo más fácil, es decir la prescripción ordinaria de la acción penal por la comisión de la infracción a la Ley Penal Contra la Indemnidad Sexual en la modalidad de actos contra el pudor en agravio de M.C.P de 8 años al momento de los hechos y de L.T.N. de 5 años al momento de los hechos en contra de Christiams W.P.B. (44), de 15 y 17 años al momento que cometió el ilícito.
Se espera que, el tercer caso de tocamientos indebidos que fue denunciado por su sobrina F.C.P. de 9 años contra Christiams W.P.B. (44), que es llevado por el fiscal Juan Carlos Mamani Perca, tampoco prescriba y al final no se haga justicia.