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30 octubre, 2024 8:49 am

Poder Constituyente y Poder Constituido

Por: Edgard Norberto «Beto» Lajo Paredes    

El Poder Constituyente “es la capacidad extraordinaria que tiene el pueblo, para darse una Constitución y, con ella, instaurar el Estado, las leyes, las autoridades y el gobierno que convenga a sus intereses … para decidir, por sí sola, y sin injerencia extraña, el destino presente y futuro de sus habitantes, de sus recursos y de sus potencialidades de desarrollo”. (El Poder Constituyente de Patrocinio L. Correa Noriega, pág. 1). Ejemplo, el Congreso Constituyente de 1822 aprobó la Constitución de 1823. El Poder Constituyente elabora y aprueba la Constitución, “Los poderes constituidos, son también fuerzas, pero creadas por el poder constituyente y su misión es implementar la estructura del Estado, teniendo como base el diseño contenido en la Constitución Política”. (p. 7). Ejemplo, los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

FORMAS DEL PODER CONSTITUYENTE

“Son dos: El Poder Constituyente Originario. El Poder Constituyente Derivado. El Poder Constituyente Originario tiene como función, crear la Constitución Política. Se activa cuando es necesario darse una primera Constitución, o cuando la que está vigente ha devenido en obsoleta y se requiere cambiarla. En el primer caso, se estará frente al poder constituyente fundacional (ejemplo, el Congreso Constituyente de 1822); en el segundo, frente al poder constituyente transformador.” (p. 6) (ejemplo, la Asamblea Constituyente de 1978, aprobó la Constitución de 1979). “El Poder Constituyente Derivado: Llamado también poder de reforma, el poder constituyente derivado tiene la misión de modificar parcialmente la Constitución Política, en tanto lo exijan las circunstancias sociales, económicas, políticas y culturales” (p. 6). Cuando el congreso modifica la Constitución.

LÍMITES DEL PODER CONSTITUYENTE ORIGINARIO

“a. Límites Formales: Las actividades del poder constituyente …, no tiene límites formales ni restricciones legales” (p. 8 y 9). No está sujeto a demandas de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. “b. Límites Materiales: … fácticos al conjunto de factores sociales, políticos, económicos, religiosos, etc. que forman el entorno real de los sujetos que ejercen el poder constituyente originario … ideológicos, los conceptos, teorías, opiniones y creencias … sirve para orientar el accionar de las personas, las colectividades y las instituciones. Por ejemplo, … los habitantes de un país, aspira alcanzar el progreso social gradualmente … Por eso mismo sería absurdo aprobar una Constitución que reinstaure el imperio de los incas, o reimplante el colonialismo español. El pueblo no lo permitiría.” (p. 9 y 10).

CONSTITUCIÓN PÉTREA Y CONSTITUCIÓN HISTÓRICA DEL PERÚ

Constitución Pétrea (se lo escuché a la Dra. Delia Muñoz): No se puede destruir lo avanzado en libertades ciudadanas, derechos humanos, democracia participativa, economía social de mercado y justicia social. No se puede retroceder a regímenes totalitarios, ej. Al absolutismo de reyes todopoderosos, tampoco de partido único de corte fascista ni comunista. No se puede establecer nuevas formas de desigualdad, marginación, exclusión, discriminación y similares. No se puede imponer privilegios para unos y suprimir derechos a otros. No se puede imponer una religión ni una ideología.

Constitución Histórica del Perú: Preservar el régimen republicano. Fortalecer el origen democrático de los gobernantes. Mantener la forma de Estado Unitario: desconcentrado, descentralizado, pero, articulado y regionalizado. Proseguir con el sistema de gobierno mixto presidencial parlamentarizado. Mejorar la economía social de mercado. Continuar con la estructura humanista de la Carta Magna. Proseguir con la libertad de conciencia.

PROPUESTAS A INCORPORAR A LA CONSTITUCIÓN

La Democracia Funcional, haciendo efectivos los procesos de presupuestos participativos en los gobiernos subnacionales. Crear Gobiernos Regionales de macrorregiones transversales. Institucionalizar la articulación intergubernamental, intersectorial e intermunicipal. Instituir el Estado Antimperialista Democrático de Cuatro Poderes, agregar el Congreso Económico y/o Técnico Nacional. Enriquecer la democracia local con el autogobierno vecinal, cogobierno municipal y gobierno local ciudadano sostenible. Establecer mecanismos de fomento de la libre competencia, fortalecer los organismos reguladores, para combatir los monopolios, oligopolios y cualquier abuso de posiciones dominantes en el mercado. Obligatoriedad de la transparencia, participación, rendición de cuentas, prevención y lucha contra la corrupción pública y privada. Por una ciudadanía constitucional demócrata activa.

Análisis & Opinión