POR: C.P.C. EDWIN FREDDY MARÍN CÁCERES
Hace poco se modificó la Ley de Obras por Impuestos, Ley N° 31735 del 04 de mayo del 2023, esta ley fue aprobada luego de que el Congreso tomara en cuenta una serie de observaciones realizadas por parte del Poder Ejecutivo al Proyecto de Ley inicial, esta nueva modificación corrige ciertas deficiencias a la norma anterior haciéndola más viable y menos restrictivo el procedimiento para las empresas privadas que quieran acogerse a este régimen.
Una de las primera modificaciones es referente al plazo de entrega del denominado Certificado de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL), cuya entrega se realiza una vez culminada la ejecución de la obra pública, ya que anteriormente las entidades públicas demoraban injustificadamente su entrega, con esta norma se destraba este procedimiento, ahora las empresas en el caso de que la entidad no cumpla con la entrega del CIPRL pueden acudir directamente al MEF luego de 90 días de presentada la solicitud y recoger el certificado (CIPRL), con este documento se obtiene el reconocimiento del monto invertido y se podrá deducir el pago de los impuestos.
Respecto a los impuestos, con la obtención de CIPRL ahora se permite no solo la utilización de pago de impuesto a la Renta hasta el 50% del total como era anteriormente, sino que actualmente se podrá utilizar hasta el 80% del total de la deuda del impuesto a la renta del ejercicio anterior, e incluyen pagos a cuenta e intereses por multa. También con el certificado se incluye la deducción de otros tributos, como es el caso del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al consumo, entre otros; y de igual manera las deudas por obligaciones tributarias que incluyen también a los intereses y multas tributarias.
A ello se suma el reconocimiento a las tasas de inflación acumulada de los últimos doce meses, y la duración de la vigencia de los certificados que será de 10 años, esto en el caso que el valor del certificado no haya sido utilizado en su totalidad durante el ejercicio permitido debido al límite, que ahora es del 80% para la aplicación en los tributos, el excedente será utilizado para ejercicios posteriores hasta que se complete el monto total, este monto posterior se actualizará de acuerdo con la tasas de inflación acumuladas de los últimos doce meses.
Estos cambios a la ley de obras por impuestos creemos que van a tener un impacto positivo sobre todo para las empresas que anteriormente no se arriesgaban a participar en este régimen debido a los motivos anteriormente señalados, según cifras de Proinversión en lo que va del presente año la región Cajamarca lidera el ranking con 4 proyectos, la región Moquegua tiene 02 proyectos que es la Vía Evitamiento de Ilo y la nueva construcción del I.S.T. Luis E Valcárcel, esperemos que con este nuevo procedimiento de la Ley se pueda ampliar el número de proyectos para nuestra región.