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22 noviembre, 2024 6:45 pm

Indefensión frente al Estado, el caso Mila

Era una violación sistemática, desde sus incipientes 7 años era víctima del energúmeno de su padrastro, si bien los execrables hechos recogen todo tipo de condenas, hay una sociedad y un Estado tan responsables con estas inofensivas víctimas.

POR: VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS   

Lo que va del presente año registran 364 nacimientos cuyas madres oscilan entre los 11 y 14 años, es la data oficial, cuántas más por pudor o evitar el reproche público o temor a sus agresores guardan silencio o un Estado que no los atiende no les genera la confianza necesaria, optando por el silencio doloroso e invisible. En su momento la Comisión Interamericana de Derechos Humanos informó que, en nuestro país, una de cada cinco niñas menores de quince años ha sufrido violación sexual y sobre esa cifra se estima que el Ministerio Público solo conoce el 15 % de casos.

Ahora, para protegerla la llamamos MILA; ayer era el caso de CAMILA, niña de 13 años víctima de violación e incesto, hace menos de tres meses -el 15 de mayo-, el Comité de Derechos del Niño aprobó su dictamen determinando responsabilidades del Estado peruano por la violación de los derechos a la salud y a la vida de Camila; y sin asumir responsabilidades, pasando por alto las observaciones señalas respecto a nuestro marco legal y políticas públicas, volvemos incurrir en nuevas afectaciones a los derechos fundamentales de menores inocentes y en estado de indefensión.

Era una violación sistemática, desde sus incipientes 7 años era víctima del energúmeno de su padrastro, si bien los execrables hechos recogen todo tipo de condenas, hay una sociedad y un Estado tan responsables con estas inofensivas víctimas. La Unidad de Protección Especial de Loreto, que es un Servicio Especializado para Niñas, Niños y Adolescentes del MIMP (Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables) decidió enviar a Mila a un albergue, conjuntamente con sus tres hermanos, apartándolos incluso de su madre; con la intermediación de una entidad privada, es que se la interna en el Hospital Regional de Loreto. Burocrática e insensible la Junta Médica del Hospital Regional de Loreto le niega el aborto terapéutico, debiendo continuar con su embarazo; los argumentos difundidos: “que la propia niña de once años les había dicho que quería tener al bebé y que los casos de violación no están incluidos dentro del protocolo del aborto terapéutico”.

La frialdad de esta decisión describe la ausencia, ya no hablamos de competencias, sino de criterios reflexivos, críticos, humanistas, en un sector de la noble profesión médica, basta recoger las expresiones de Alfredo Celis, Vicedecano del Colegio Médico “su anatomía no está preparada para un parto, tendrá que hacerse una cesárea…un embarazo de una niña de 11 años tiene graves riesgo de complicarse”.

Hace poco, desde el Hospital de Iquitos, escribían: “nunca olvidaré a Diana de 14 años, murió desangrada por un aborto clandestino, de habérsele realizado un aborto terapéutico en el hospital, hoy estaría con vida”. Desde un Estado formal, cuya tarea fundamental es el servicio público de salud, queremos acaso empujar a sus ciudadanos a una atención de salud paralela, oscura, riesgosa, limitada, insalubre.

La presión de la opinión pública, especialmente internacional, forzó al Ministerio de Salud de trasladar a la niña a Lima, y como consecuencia de la revaluación del caso en el Instituto Nacional Materno Perinatal, una nueva Junta Médica decide: que, para evitar en su salud física y mental un mal grave o permanente, aprobar la interrupción del embarazo y se inicia el procedimiento médico correspondiente, mantiene en estricta vigilancia la evolución clínica de la paciente; poniéndose énfasis en priorizando el interés superior de la menor y dentro del marco de las normas y leyes vigentes.

Si el reparo de los médicos, son las futuras responsabilidades penales que podrían sobrevenirles, y por ello no se atreven a tomar las decisiones limite y urgentes, la posición asumida por el Comité de Justicia de Género del Poder Judicial, es muy clara, precisa y enfática: genera grave preocupación que las autoridades médicas desconozcan las pautas de actuación en este tipo de casos, y que, sus decisiones vulneren claramente, los derechos fundamentales de las niñas y adolescentes, basándose en argumentos carentes de objetividad y que contravienen pronunciamientos y estándares internacionales emitidos al respecto.

Es necesario, que de una vez por todas se asuma como política pública e integral, sin renunciar a un debate abierto, democrático sobre la protección de nuestra niñez y adolescencia e iniciar la discusión del Proyecto de Ley para despenalizar el aborto en casos de niñas violadas. Ya el Comité de los Derechos del Niño, cuyas decisiones son vinculantes, nos dejó expresamente la responsabilidad de despenalizar el aborto en todos los supuestos de embarazo infantil; asegurar el acceso a servicios de aborto seguro y cuidados postaborto para las niñas gestantes, en particular en los casos de riesgo a la vida y salud de la madre, violación o incesto; modificar la normativa reguladora del acceso al aborto terapéutico (Guía Técnica) para prever su aplicación específica en las niñas y asegurar, en particular, la debida consideración al especial riesgo para la salud y la vida que entraña el embarazo infantil.

En el 2021, se presentó un proyecto de ley, no en el sentido especifico, pero significaba un avance, la recomendación favorable en la Comisión de Justicia fue rechazado el 16 de noviembre 2022; se proponía incorporar un nuevo articulado, el artículo 119-A en el Código Penal «Aborto no punible en casos de embarazo como consecuencia de violación sexual. No es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada, o de su representante legal, cuando el embarazo sea producto de violación sexual».

Con Mila, se evidencia un Estado tan ausente e insensible, que motiva a que no se quiera llamar a su puerta. El Poder Judicial declaró infundado el pedido de prisión preventiva y dejó en libertad al agresor; el Ministerio de Salud, que, si bien se corrigió, dispuso la continuidad de su embarazo; el MIMP se decidió por dejarla en un albergue.

Con la revuelta pública, el Ministerio Público aperturó investigaciones por presunto delito de tortura y otros, contra todos los involucrados, y nos parece un oportuno precedente para cortar con esa indolente administración pública. Como bien apunta Indira Huilca, se habla del interés superior del niño y de la protección del indefenso, dejando de lado que Mila es una niña indefensa ante los abusos de su agresor, y que también tiene derechos.

Análisis & Opinión