Diez candidatos al Congreso por Moquegua han sido excluidos

Se declaró la exclusión de Carlos Carrera Gamarra, quien no impugnó, por lo tanto, la decisión es firme, quedando fuera de la contienda electoral.

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Dr. Edwin Laura Espinoza, presidente del JEE de Mariscal Nieto.

El Dr. Edwin Laura Espinoza, presidente del Jurado Electoral Especial (JEE) Mariscal Nieto, informó que se encuentran en la etapa de exclusiones de candidatos, la cual se desarrolla hasta el 27 de diciembre.

Cuando el área de fiscalización advierte omisiones o falsedades de información proporcionada por los candidatos en sus hojas de vida, se emite un informe el cual es entregado al postulante para que haga el descargo correspondiente, para que luego el JEE resuelva inscribiéndolo o excluyéndolo, dependiendo del análisis que se desarrolle.

“Las exclusiones proceden porque han omitido información que es obligatoria o se ha falseado la verdad. Estamos desarrollando varios procedimientos para ver si se advierte dichas inconsistencias”, expresó.

LOS EXCLUIDOS (HASTA HOY)

Actualmente, existen 10 candidatos excluidos, donde algunas ya están firmes y otras se encuentran en trámite de apelación.

Ellos son: Luis Alberto Apaza Apaza (Acción Popular), Yesenia Angelita Mamani Zapata (Podemos Perú) Eleovina Teodosia Silva Arias (Avanza País), Sonia Isabel Gómez Carrasco (Renacimiento Unido Nacional) Juliana Valeria Ponce Manzano (Democracia Directa), Carlos Alberto Carrera Gamarra (Unión Por el Perú), Thais Milene Arteaga Alatrista (Unión Por el Perú), Walter Julio Salazar Coloma (Avanza País) Henry Arturo Valdivia Solórzano (Avanza País) Pedro Juan Tito Calizaya (Juntos por el Perú)

Los candidatos observados tienen 3 días para interponer el recurso de apelación, cumpliendo con todo los requisitos. A partir del 28 de diciembre, las listas son definitivas y no podrán modificarse.

En el caso de Carlos Alberto Carrera Gamarra (uno de los supuestos favoritos por su caudal electoral de las últimas elecciones), se declaró su exclusión y no impugnó, por lo tanto, la decisión es firme, quedando fuera de carrera electoral hacia el Congreso de la República en las elecciones de enero del 2020.

“Carrera, deja de ser candidato, mientras que la lista subsiste con los postulantes que no han sido observados”, refirió el Dr. Edwin Laura Espinoza, presidente del Jurado Electoral Especial (JEE) Mariscal Nieto, Moquegua.

LOS EXCLUIDOS HASTA EL 11.12.2019

  • Luis Alberto Apaza Apaza (Acción Popular)
  • Yesenia Angelita Mamani Zapata (Podemos Perú)
  • Eleovina Teodosia Silva Arias (Avanza País)
  • Walter Julio Salazar Coloma (Avanza País)
  • Henry Arturo Valdivia Solórzano (Avanza País)
  • Sonia Isabel Gómez Carrasco (Renacimiento Unido Nacional)
  • Juliana Valeria Ponce Manzano (Democracia Directa)
  • Carlos Alberto Carrera Gamarra (Unión Por el Perú)
  • Thais Milene Arteaga Alatrista (Unión Por el Perú)
  • Pedro Juan Tito Calizaya (Juntos por el Perú)

¿POR QUÉ SACAN A CARLOS CARRERA Y A PEDRO TITO CALIZAYA?

En estas elecciones congresales los candidatos Carlos Alberto Carrera Gamarra (Unión Por el Perú), Pedro Juan Tito Calizaya (Juntos por el Perú) son dos figuras políticas con gran arrastre y aceptación popular, como quedó evidenciado en las últimas elecciones al gobierno regional y municipales.

Carlos Carrera no declaró en su hoja de vida dos sentencias que tiene en su contra. Están referidas a obligación de dar  suma de dinero (deudas) donde el Poder Judicial le ordenó pagar a sus proveedores.

El Expediente 279-2004-0-2801-JM-CI-01 sentencia del Juzgado Mixto de Ilo falló en su contra ordenando un pago a la Empresa de Servicios Generales U&T EIRL.

El Expediente 315-2018-0-2802-JP-CI-02 sentencia del Juzgado de Paz Letrado Mixto de Ilo que falló en su contra, ordenando el pago de una deuda por publicidad de campaña electoral a la Empresa Radiodifusora LÍDER S.C.R.L.

En el caso del expárroco Pedro Juan Tito Calizaya (Juntos por el Perú) también de buena aceptación política y social, no declaró una sentencia (AUTO FINAL N° 016-2017-JMMN) donde fue demandado como deudor solidario por un préstamo otorgado por Caja Municipal de Ahorro Y Crédito de Arequipa S.A. (CAJA AREQUIPA) que data del año 2016. Este Auto, que según el colegiado del Jurado Electoral tiene carácter de sentencia, también debió ser declarado en la hoja de vida del candidato y el omitir esta información, así el proceso esté en apelación, hizo que se resuelva su exclusión del proceso electoral.

JUAN PEDRO TITO CALIZAYA.

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