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Democracia y redes sociales

¿Y qué sucede, si abruptamente, se decidiera bloquear a una organización o candidato, excluyéndolo de la comunicación por redes? ¿Esto lo decide el sistema electoral, siendo órganos constitucionalmente autónomos o lo deciden libremente las citadas empresas tecnológicas? ¿Puede Twitter censurar a un candidato?

POR: VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS   

Dilema, no. Democracia e institucionalidad, sobre todo. Las redes sociales, la moderna tecnología informática llegaron para consolidar nuestros sistemas democráticos, información fluida, mayor comunicación, al alcance de todos; despertaron una legitima expectativa, porque el tratamiento era horizontal, todos podían escribir, ser escuchados, exteriorizar sus opiniones, y múltiples etcéteras.

Un boom electoral, fue Guzmán en las elecciones presidenciales pasadas, quien, a través de una estratégica campaña política en redes, logró una ubicación expectante ante los otros candidatos, lo que no le valió para su exclusión del proceso por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Es innegable que, en las recientes manifestaciones ciudadanas de noviembre pasado, la comunicación por redes fue determinante para que, a nivel nacional, se exteriorizara el rechazo al accionar de los actores políticos, que culminó con la renuncia de Manuel Merino y la asunción de Francisco Sagasti.

La regulación en nuestro país sobre publicidad electoral, con la reciente modificación constitucional a efecto del Referéndum del 2018, establece que las organizaciones políticas no pueden contratar spot en Radio o Televisión, en perspectiva a ser más equitativa la difusión de sus propuestas electorales, las que se difunden a través de las franjas electorales o los medios permitidos legalmente. Esto, motivará a mayor frecuencia, persistencia y agresividad en las redes sociales.

Recientemente, y ante los acontecimientos políticos suscitados en Estados Unidos, Instagram, Facebook, Twitter y YouTube han suspendido las cuentas a Donald Trump; Amazon, Google y Apple le quitaron el soporte técnico a Parler, donde se refugió la gente de Trump; a partir de ello, Telegram y Signal se pusieron de moda. Se argumenta, como prevención “por lo que pueda decir en los días que faltaban hasta el 20 de enero” ¿por lo que pueda decir?; el cargo contra Trump es por incitar a la rebelión, pero ¿fue en un mitin? ¿Entonces, es por su comportamiento pasado?

Esto es una censura, claro que lo es; lo que ha abierto un nuevo y complejo debate sobre la libertad de expresión. Estas mismas redes permitieron el libertinaje de Donald Trump; luego de las elecciones y a escasos días de que Joe Biden asuma la presidencia, se determinan por esta drástica decisión. Líderes autoritarios contemporáneos incurren en las mismas acciones de Trump, y estas plataformas no se manifiestan.

Grandes corporaciones tecnológicas, quienes tienen un enorme e invisible poder, ¿deciden en un estado democrático de derecho?

Es indudable que se trata de una línea muy delgada y compleja, que no puede descansar en la respuesta unilateral, vertical, sin contraste alguno, de los directivos de estas plataformas.

El experto español en libertad de expresión y derechos de autor Borja Adsuara Varela, manifiesta: “Las empresas privadas no pueden poner las normas que quieran”, explicó. “Por ejemplo, en el ámbito laboral, no pueden en un estado de derecho el principio es el de legalidad. Es lo que nos da seguridad jurídica tanto a los usuarios como a las plataformas, que sólo están obligadas a borrar contenidos ilegales. ¿Pornografía infantil? Es ilegal. ¿Apología del terrorismo? Es ilegal. ¿Degollamientos yihadistas? Es ilegal. ¿Que Trump diga ‘Vayamos por la avenida Pensilvania al Capitolio’? Tendrá un juez que decidir si eso es un golpe de Estado. Steffen Seibert, vocero de la Canciller Angela Merkel, expreso: “Es posible interferir en la libertad de expresión, pero según límites definidos por el legislador, y no por la decisión de una dirección de empresa”. El fundador de Twitter Jack Dorsey, elevaba su preocupación: se trata de un peligroso precedente.

Volviendo a lo nuestro, damos por descontado que las redes sociales asumirán un importante rol en la orientación y final decisión de los electores en las justas de abril próximo. Serán miles de mensajes, por distintas plataformas y como ayer, no podemos decir que están dirigidas sólo al segmento joven, la pandemia ha tenido un impacto positivo de universalizar esta moderna y acelerada tecnología. Y no sólo se ventilarán propuestas, sino se intentará desacreditar oponentes, descalificar ideas u opiniones, se darán falsas noticias o informaciones, dentro de nuestra creatividad y la malicia humana, no ajena a la política.

¿Y qué sucede, si abruptamente, se decidiera bloquear a una organización o candidato, excluyéndolo de la comunicación por redes? ¿Esto lo decide el sistema electoral, siendo órganos constitucionalmente autónomos o lo deciden libremente las citadas empresas tecnológicas? ¿Puede Twitter censurar a un candidato? claro que sí y bajo sus propios patrones reglamentarios, sin que el JNE pueda objetarlo. Las experiencias enseñan, y nos permiten corregir deficiencias o advertir escenarios críticos que puedan poner en duda nuestro sistema democrático, y con decisiones ajenas a nuestros criterios comunes.

El JNE ha anunciado que emitirá un Reglamento e incluso será parte del Pacto Electoral el comportamiento en redes sociales de candidatos y organizaciones, lo que es sumamente pertinente y necesario, pero no deja de ser circunstancial.

El tema es más profundo, debemos arroparnos de una diligente y suficiente legislación -ya la Unión Europea viene revisándolo, aun cuando se trata de una tecnología en permanente desarrollo, que tenga como prioridad la igualdad, el respeto a los derechos fundamentales y especialmente, el cómo participa del fortalecimiento de nuestro estado democrático de derecho.

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