POR: VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
A propósito de la iniciativa legislativa 6155/2023-CR, que persigue acotar la participación de los ciudadanos en la elección de sus candidatos a autoridades.
Es indiscutible que nuestra democracia está sujeta a una grave desafectación ciudadana, por la incapacidad de darle atención a sus justas demandas, sus desatenciones e ineficiencias, pero sobre todo por este afán regresivo que viene imponiendo el Congreso, de copar e instrumentalizar instituciones “autónomas” y sin pudor alguno, atreverse en limitar la participación ciudadana, cuando las circunstancias exigen fortalecen e impulsar los mecanismos necesarios para involucrar a los ciudadanos en el quehacer público; ya no es suficiente la clásica democracia representativa, es necesario recabar mayores espacios democráticos que nos permitan retomar la relación ciudadanía-Estado, como esencia de su legitimidad.
Podríamos decir, que se trata aún de un proyecto que tendrá que deliberarse y aprobarse siguiendo el regular procedimiento legislativo, lo que en algún momento nos hizo caer en la displicencia e irresponsabilidad, al pasar por alto que este fraccionado pero empoderado Congreso, puede hacer y destruirlo todo, sin miramiento ni razón alguna, y si no veamos el caso de la modificación a la ley 26300, ley de los derechos de participación y control ciudadano, que restringió la facultad ciudadana de impulsar reformas constitucionales, y si bien fue constitucionalizada por el Tribunal Constitucional, sabemos las complacencias de este último.
Aunque suene rimbombante, se denominó a la ley 30998: “Ley por la que se modifica la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, para promover la participación política y la democracia en las Organizaciones Políticas”, publicada el 27 de agosto del 2019, que incorpora las elecciones primarias, abierta, simultaneas y obligatorias; respondía a un crudo diagnóstico de nuestro sistema de partidos, con sustantiva incidencia en nuestra democracia, “partidos políticos débiles tienden a presentar candidatos no idóneos”, en tal sentido se trataba de construir agrupaciones sólidas con actividad partidaria y que de ella surjan lideres con trayectoria partidaria, con claro y sólido “perfil ideológico o programático mínimamente distinguible y en la obligación de rendir cuentas de sus acciones ante los ciudadanos, electores, y ante las autoridades y militantes de su partido”. Con lo que se vendría a romper con el caciquismo partidario, rompiendo con las decisiones verticales, muchas veces arbitrarias y no pocas veces mercantilizadas.
Esta innovadora formula de elecciones primarias, que valgan verdades no son originalmente nuestras, hasta el momento no se han llegado a aplicar, pues inmersos en la pandemia de la Covid-19, bajo las especiales condiciones impuestas, pero también aprovechándose de ellas, a través de la incorporación de disposiciones transitorias imposibilitaron su utilización en las elecciones parlamentarias complementarias del 2020, las elecciones generales del 2021 y en las elecciones regionales y municipales del 2022. En consecuencia, aquellas expectativas puestas sobre las elecciones primarias y sus impactos positivos a favor de nuestro fortalecimiento democrático se vieron frustradas y, muy por el contrario, y por cierto con mucho esmero, la actual representación congresal, con las permanentes denuncias públicas, los desaciertos individuales y corporativos, colocan en la palestra lo nefasto de las designaciones verticales en los cargos lectivos. Se corrobora día tras día lo que en su oportunidad leía y advertía sobre el escenario político la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política, las organizaciones políticas terminan colocando en cargos de representación a personajes que no tienen mayor vínculo con el partido, sin mayor trayectoria partidaria o pública, lo que se expresa en malas gestiones, en la desatención del vínculo representativo, y en la proliferación de conductas oportunistas, particularistas, e incluso en casos de corrupción.
Y cuál es la propuesta central de esta iniciativa legislativa, que despierta nuestra preocupación e interés, veamos: “Articulo 24: Las elecciones primarias se realizan de manera simultánea, conforme a las siguientes modalidades, a elección de la organización política: a. Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de todos los ciudadanos previamente inscritos, estén o no afiliados a una organización política. b. Elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados. c. Elecciones a través de delegados, conforme lo disponga el Estatuto y el reglamento electoral de la organización política”.
Está muy claro que se modifican las elecciones primarias, abiertas, simultaneas y obligatorias (PASO), como única modalidad e incorpora dos alternativas que las agrupaciones políticas definirán para elegir a sus candidatos: mediante elecciones solo entre sus afiliados y a través de elección por un grupo de delegados de las organizaciones políticas; es más que evidente, conociendo nuestro escenario político, que las opciones se inclinarían, por relegar las elecciones PASO, que significaría limitada participación, ahondado la deslegitimación democrática.
Tratamos de encontrar un argumento solvente que pudiera justificar esta modificación, sin olvidar que desde el terreno de su operatividad práctica no es posible -como se anotó antes, nunca lo aplicamos-, y las respuestas que tenemos de su exposición de motivos es de lo más burdo: “fue impulsado por el gobierno del ahora inhabilitado expresidente Martín Vizcarra Cornejo”; que el Congreso aprobó las modificaciones bajo “un contexto de amenaza institucional, de amenaza de cierre, si el Congreso modifica de forma sustantiva el proyecto de ley presentado a fin de que este no sea considerado por su presentante como desnaturalizado, socavando así la protestad normativa del Parlamento”, y que hay “diversas críticas, tanto desde el lado de las organizaciones políticas como de especialistas en la materia”, sin citarla para tener mayor solvencia argumentativa.