Debido a la situación de conflictividad que atraviesa el país, el Gobierno decretó la inmovilización social obligatoria por cinco días de los pobladores de diversas provincias de ocho regiones en sus domicilios, al amparo del estado de emergencia nacional.
Así lo establece el Decreto Supremo 144-2022-PCM, publicado en la edición extraordinaria de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La inmovilización social obligatoria regirá en las siguientes provincias: en Arequipa (Arequipa) de 20:00 a 04:00 horas; en Virú (La Libertad) de 18:00 a 04:00 horas; en Ica y Pisco (Ica), de 19:00 a 04:00 horas; en Andahuaylas y Chincheros (Apurímac), de 18:00 a 04:00 horas.
También en las provincias de Cusco, La Convención, Chumbivilcas Espinar (Cusco), de 20:00 a 04:00 horas; en Carabaya y San Román [distrito de Juliaca] (Puno), de 20:00 a 04:00 horas; en Tayacaja y Angaraes (Huancavelica), de 19:00 a 04:00 horas; en Cangallo (Ayacucho) de 19:00 a 04:00 horas.