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22 noviembre, 2024 8:44 am

Contraloría y regidores fiscalizadores

Por: Edgar Norberto «Beto» Lajo Paredes  

La Contraloría General de la República, ha presentado al Congreso de la República, el Proyecto de Ley N° 7680/2020-CG “Fortalece la función fiscalizadora de los consejos regionales y concejos municipales”. Propone lo siguiente: En cuanto al concejo municipal: 1. Elaborar el Balance Semestral sobre la ejecución presupuestaria de los recursos asignados para el fortalecimiento de la Función Fiscalizadora. Este Informe es publicado en la página web de la municipalidad y presentado semestralmente a la Contraloría General de la República, utilizando el sistema que esta entidad desarrollará para tal fin. 2. Designar al secretario técnico del Procedimiento Administrativo Disciplinario y al Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional. 3. Los Acuerdos de Concejo tendrán su plan de implementación, acciones, plazos y formas de financiamiento. 4. Los procuradores públicos municipales, informan trimestral y permanentemente al concejo municipal, de los casos judiciales y acciones realizadas.

En cuanto a los regidores: 1. Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal y contar con los recursos que le permitan dotarse de la capacidad logística y apoyo profesional necesario, para el cumplimiento de dicho fin, los mismos que son asignados por la entidad. 2. Las acciones de fiscalización que se desarrollen pueden realizarse sin que sea necesaria comunicación previa respecto de su ejecución. 3. Los pedidos de información realizados por los regidores, en ejercicio de su función fiscalizadora, son atendidos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles bajo responsabilidad administrativa. En cuanto a los alcaldes: 1. Convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales al año para rendición de cuentas de la gestión gubernamental.

LAS PRÓXIMAS ELECCIONES MUNICIPALES Y REGIONALES

Seguiremos teniendo candidatos a alcaldes y regidores como a gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, a gente improvisada, mediocre, desempleados, quebrados e incompetentes.

A gente que desconoce las leyes orgánicas de las municipalidades y gobiernos regionales, donde se establecen los órganos de gobierno, coordinación; las funciones legislativas, fiscalizadoras y de representación, como las funciones específicas exclusivas y compartidas.

A gente que ignora la existencia de los sistemas administrativos de: Gestión de Recursos Humanos (contratación de personal y designación de funcionarios de confianza), Abastecimiento (adquisiciones de bienes y servicios como contratación para ejecución de obras), Presupuesto Público (determinación de ingresos y gastos tanto corriente como de inversión), Tesorería (contenido del expediente para proceder a efectuar los pagos a proveedores), Endeudamiento Público (las condiciones y requisitos a cumplir para obtener préstamos), Contabilidad (registro de los ingresos, gastos y rendición de cuentas), Programación Multianual y Gestión de Inversiones (lo que debe tener un proyecto para ejecutarlo), Planeamiento Estratégico (Plan de Desarrollo Local Concertado, Plan de Desarrollo Regional Concertado y Plan de Desarrollo Nacional), Defensa Jurídica del Estado (Procuradurías Públicas Municipales y Regionales que no son abogados de las autoridades, sino de las Entidades Gubernamentales Subnacionales), Control (sistemas de control previo, concurrente y posterior), Modernización de la Gestión Pública (democratización permanente de los tres niveles de gobierno: local, regional y nacional, poniéndolos al servicio de la ciudadanía). Por hablar de los sistemas más importantes y de mayor uso en el Sector Público.

Los próximos candidatos ¿conocerán la realidad de sus localidades y regiones? Es decir, sabrán cuántos habitantes hay, cuáles son los grupos etarios de mayor volumen poblacional y los grupos sociales vulnerables; tendrán información de las brechas existentes en saneamiento, salud, educación, vial, laboral (empleo, desempleo e informalidad); etc.

En cuanto a la Entidad Gubernamental (Municipalidad y Gobierno Regional), habrán revisado sus documentos de gestión: Reglamento de Organización y Funciones ROF, Reglamento Interno de concejo municipal o consejo regional RIC y otros. Los próximos candidatos ¿contarán con equipos técnicos competentes y solventes? O solo van a reclutar a financistas para asumir los gastos de la campaña; para luego de ganar las elecciones, recuperar esa “inversión electoral” agarrando obras, festinando contratos y ocupando cargos de confianza ¿sin merecerlo? Los ciudadanos tienen la palabra.

Análisis & Opinión