Constancia de posesión a propósito del D.S. 006-2026-Vivienda

Con la reciente eliminación de la exigencia de presentar copia del DNI, el trámite se ha simplificado y promete beneficiar a miles de familias en situación de informalidad.

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POR: DR. JAIME CALLALLA MAMANI

¿PARA QUÉ SIRVE, CÓMO TRAMITARLA Y QUÉ CAMBIA TRAS LA SIMPLIFICACIÓN DEL DNI?

El gobierno, mediante el D.S. 006-2026-VIVIENDA (21 de abril de 2026), eliminó la exigencia de copia del DNI para obtener la constancia de posesión, facilitando el acceso de miles de familias al trámite que permite acceder a servicios básicos y avanzar en la formalización de sus viviendas.

Con la reciente eliminación de la exigencia de presentar copia del DNI, el trámite se ha simplificado y promete beneficiar a miles de familias en situación de informalidad.

¿QUÉ ES UNA CONSTANCIA DE POSESIÓN Y PARA QUÉ SIRVE?

La constancia de posesión es una certificación administrativa que acredita que una persona ocupa efectivamente un predio. Es emitida por la municipalidad distrital o provincial donde se ubica el inmueble, tras verificar que el solicitante ejerce la posesión de manera continua y pública.

Su utilidad principal radica en permitir el acceso a servicios básicos como agua, luz o desagüe, así como para acreditar la posesión en trámites ante programas estatales de vivienda o ante el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI).

¿EN QUÉ OCASIONES SE UTILIZA LA CONSTANCIA DE POSESIÓN?

Acceso a servicios básicos: Permite solicitar la instalación de agua potable, luz eléctrica o desagüe en predios informales. Formalización y titulación: Es parte de los expedientes en procesos de formalización de predios y prescripción adquisitiva.

Gestiones municipales: Facilita la inscripción en padrones de contribuyentes, pago de arbitrios e impuestos prediales. Postulación a programas sociales: Puede ser requisito para acceder a programas de vivienda o proyectos de mejoramiento urbano. Defensa de la posesión: Sirve como respaldo en eventuales disputas de hecho sobre el uso y ocupación del inmueble.

¿CÓMO Y DÓNDE SE TRAMITA LA CONSTANCIA DE POSESIÓN?

Comprende los siguientes pasos: Presentación de la solicitud: Acudir a la Mesa de Partes de la municipalidad con un formato único de trámite (FUT), consignando los datos del solicitante y la dirección del predio. Desde abril de 2026, ya no es necesario presentar copia del DNI: basta con indicar el número en la solicitud, conforme al Decreto Supremo 006-2026-VIVIENDA.

Entrega de documentos: Junto con la solicitud, se deben presentar: Plano de localización y ubicación del predio (según formato de ley). Acta de verificación de posesión efectiva, emitida por un funcionario municipal y suscrita por los colindantes, o acta policial de posesión en su defecto. Declaración jurada simple de tres vecinos que acrediten la posesión. Declaración jurada de ser poseedor actual. Número de comprobante de pago por la tasa municipal.

Pago de la tasa: El costo del trámite suele bordear los S/ 300.00 (trescientos soles), pagaderos en la caja de la municipalidad. Es fundamental conservar el recibo, ya que será solicitado al momento de la entrega del documento.

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