POR: GUSTAVO VALCÁRCEL SALAS
LA DECISIÓN DEL VIRREY
Don Diego Fernández de Córdova, marqués de Guadalcázar, la máxima autoridad virreinal, había logrado que finalmente los vecinos de Escapagua —una vez elevada a villa, fue desconocida por sus adversarios los moqueguanos— lograran abrazarse, que reinara la concordia y pudieran firmar las paces, sin duda con la intercesión de la virgen y mártir Santa Catalina de Alejandría, patrona de los moqueguanos, y la de San Sebastián, patrono del otro pueblo, quienes derramaron sus bendiciones, lo que motivó un sincero gesto de los pobladores para que aceptaran el veredicto que darían los doctos jueces, ilustrísimos eclesiásticos y la Audiencia de la ciudad de Los Reyes.
RESPETO AL COMPROMISO DE 1611
Luego de contemplar los puntos de vista de ambas partes, conocidos por los jueces hacía más de una década por los reiterados recursos de los infatigables litigantes, determinaron que se debía respetar el augusto compromiso notarial que firmaron en 1611, por el que libremente pedían que se fundara la villa en el lado de Moquegua, donde debían juntarse ambos pueblos.
EL VIRREY DISPONE FUNDAR LA VILLA DE MOQUEGUA
El acuerdo de paz, concordia y reconciliación que firman los pobladores se pactó el 25 de mayo de 1624, y de inmediato fue despachado a Lima. No tenemos noticia de documento alguno que se haya emitido en los tres meses siguientes, tiempo en que debieron pronunciarse los jueces sobre cuya base el virrey tomó su venerable decisión.
Lo cierto es que, por documentos posteriores, se sabe que el virrey decidió que la villa debía fundarse en Moquegua y, por tal motivo, quedaba sin efecto la fundación de la villa de San Francisco de Esquilache. Y, acatando el acuerdo de 1611, el pueblo de Moquegua dejaba la jurisdicción de Charcas y pasaba a la Audiencia de Lima.
PREPARATIVOS PARA LA FUNDACIÓN
Siguiendo antiguas costumbres y normas españolas sobre la fundación de villas y ciudades, recogidas en la legislación indiana, estas fueron las mismas que se pusieron en práctica al fundar la villa de San Francisco de Esquilache y ahora se aplicaban a la villa de Santa Catalina de Guadalcázar de Moquegua.
Se disponía que, para mejor gobierno político, se requería que se creasen cabildos, nombrasen regidores y los demás oficios necesarios en tales repúblicas o poblaciones, cargos a sacarse a remate todos los años, y se eligiesen, de entre los mismos vecinos y ciudadanos, sus jueces, alcaldes ordinarios, que dentro de sus términos y territorios tuviesen y ejerciesen la jurisdicción civil y criminal ordinaria.
La autorización para la fundación de la nueva villa es otorgada por el virrey marqués de Guadalcázar en la segunda mitad de 1624. Es en virtud de ella que, el 5 de septiembre de 1624, se emite una provisión por la que se convoca a remate los oficios de regidores, alguacil mayor, alférez real y escribano público, mientras se tramitaba la futura fundación.
Este es el primer documento que conocemos en que ya se empieza a hablar de la creación de la villa de Moquegua.
VILLA SANTA CATALINA DE GUADALCÁZAR
Ubicamos los documentos por los cuales, en cada ocasión que se sacaban en almoneda los cargos, se pregonaba y difundía en las plazas y lugares públicos en Lima, Arequipa y Moquegua, iba acompañado de una provisión que indicaba: “Don Diego Fernández de Córdova, marqués de Guadalcázar, virrey… Por cuanto de pedimiento de los vecinos y moradores del valle de Moquegua, mandé que en el asiento de Santa Catalina de dicho valle se hiciese una población y fundación de españoles donde todos viviesen juntos y congregados. Y le di título de villa con jurisdicción civil y criminal, mero mixto imperio, horca y cuchillo, con el nombre y apellido de Santa Catalina de Guadalcázar…”.
Se agregaba que “su excelencia se sirvió de conceder a la villa cinco leguas de jurisdicción, sin perjuicio de tercero y del derecho del corregimiento de la ciudad de Arica y el de Colesuyo y de los demás interesados, y las personas en quien se rematasen los dichos oficios han de quedar obligados a traer confirmación de su majestad, dentro de cuatro años, así de ellos como la separación y jurisdicción”.
Estaba bastante claro que el virrey había dado la orden para la fundación. El corregidor de la villa, acatándola, era el encargado de llevarla a cabo.
La fundación de la villa de Santa Catalina de Moquegua tardó unos meses más.


